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54 Madriz Anaya, Raiza. El lenguaje sexista en el ámbito jurídico-laboral/
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la trabajadora o trabajador a sus instrucciones, órdenes, dirección, disci-
plina y control reglamentario y jurídico, sin olvidar que dentro de dicha
subordinación, también se encuentra una dependencia económica y téc-
nica por parte de la trabajadora o trabajador. En cuanto a la trabajadora
o trabajador como inferior jerárquico, ejerce el deber de permanecer a
disposición de la empleadora o empleador, prestándole sus servicios, se-
gún lo establecido en el contrato de trabajo y en las demás leyes y regla-
mentos.
Lo señalado, hace deducir que existe una empleadora o empleador con
una superioridad jerárquica dentro de la organización de la empresa, cuya
regla general es que esa superioridad debe ser ejercida bajo el respeto y
aceptación de las habilidades, capacidades y tareas asignadas a la traba-
jadora o trabajador concebidas por la relación de trabajo, lo contrario,
produciría posiciones contrapuestas entre las partes involucradas.
Igualmente, la trabajadora o trabajador por su posición de inferior jerár-
quico, busca constantemente las mejoras en sus condiciones laborales a
través de la formación profesional, creación de sindicatos, cooperativas
y cogestión empresarial, para lo que se requiere, en gran parte, la inter-
vención del Estado como garante de la justicia social. Sin embargo, no
se puede obviar que dentro de las modalidades del Contrato de Trabajo
se encuentran la verbal o escrita, ambas modalidades acarrean sumisión,
aunque el contrato verbal, por su modalidad podría producir un mayor
grado de abuso de poder.
Ahora bien, continuando con el estudio del lenguaje sexista-laboral, gran
parte de la doctrina laboral, lo utiliza, el cual se verifica en algunos tex-
tos laborales que ya han sido citados como por ejemplo, Rafael Alfonzo
(2004, 285-288), del cual se extraen expresiones, “De los Trabajadores
Rurales”; “del trabajador”; “ el patrono”; “ los trabajadores”. Igualmente;
Fernando Villasmil (2001: 57-64) utiliza expresiones como, “por traba-
jador rural”; “trabajadores”; “el hombre”; “el siervo o vasallo”; “un tra-
bajador”; “el trabajador”; “al empleador”; “al patrono”; “los trabajadores
rurales”; “al Inspector o Comisionado del Trabajo”; “para el empleador”,
entre otros. Así mismo, César Carballo (2001,68), al exponer sobre la
“Aproximación al régimen Jurídico Venezolano del acoso sexual, en las