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ANUARIO DE DERECHO. Año 29, N° 29. Enero-diciembre 2012. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 65
Otro caso en el que existe un vínculo débil entre uno de los muchos
hechos probados y una violación sistemática de derechos humanos ocurre
el de González y Otras (“Campo Algodonero”) Vs. México. A grandes
rasgos, este caso lidió con el asesinato de tres mujeres en Ciudad Juárez,
seguido de una pasividad de los oficiales del Estado en la investigación de
dichos crímenes. Uno de los hechos de este caso fue el hostigamiento a un
pariente de las víctimas que trató de tomar un rol activo en la investigación
de los crímenes. Aparentemente esto fue considerado como formando
parte de un patrón de violación sistemática de derechos humanos, <<de
un patrón de conductas estatales hacia familiares de mujeres víctimas
de violencia en Ciudad Juárez>> (párr. 435) . En este caso la Corte
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Interamericana consideró probada la golpiza y el robo del automóvil del
hermano de una de las mujeres asesinadas. La Corte basó este hallazgo
sólo en la consistencia de la declaración de la madre de la persona golpeada
con la declaración de un perito que aparentemente no tenía conocimiento
de los detalles del hecho en particular (párr. 437) . El uso de esta prueba
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poco contundente para dar por probado el vínculo entre una violación
sistemática y los abusos cometidos en contra de una persona en particular
no parecen justificados, ya que los actos de hostigamiento alegados por
esta persona —esto es, la golpiza y el robo de su automóvil que habría
aparecido desmantelado en un terreno de la Policía Judicial (párr. 437)—
podría haber sido probado por medios más apropiados, tales como reportes
médicos, o al menos, pruebas que confirmaran la declaración de la madre
de la víctima, quien también tenía un interés en el presente caso.
Probar una violación en particular a través de la declaración de un
testigo único sirve como ejemplo del grado en el que la existencia de una
práctica generalizada puede disminuir el estándar requerido ordinariamente
para probar una violación. En general, la Corte establece un estándar
probatorio bajo para dar por probado el vínculo entre un caso particular
y un patrón de violaciones masivas . El que la conexión entre un caso
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6 La redacción del párrafo relevante no es totalmente clara al momento de
determinar la existencia de este patrón. Sin embargo, la Corte usa el razonamiento
probabilístico para mostrar que consideró que este hecho se hallaba probado.
7 La Corte Interamericana también tomó en consideración la supuesta falta de
contestación específica de los hechos por parte del Estado, a pesar de existir una
negación general. Ver párrs. 438 y 427.
8 Otro ejemplo es el caso Cantoral, donde la Corte dio por probados actos bastante
específicos de torturas en contra de la víctima del caso, basada principalmente en
declaraciones de parientes. Cantoral Benavides Vs. Perú, párr. 63(f).