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ANUARIO DE DERECHO. Año 29, N° 29. Enero-diciembre 2012. Mérida-Venezuela.
            ISSN:0076-6550.                                               65



                    Otro caso en el que existe un vínculo débil entre uno de los muchos
            hechos probados y una violación sistemática de derechos humanos ocurre
            el de González y Otras (“Campo Algodonero”) Vs. México.  A grandes
            rasgos, este caso lidió con el asesinato de tres mujeres en Ciudad Juárez,
            seguido de una pasividad de los oficiales del Estado en la investigación de
            dichos crímenes.  Uno de los hechos de este caso fue el hostigamiento a un
            pariente de las víctimas que trató de tomar un rol activo en la investigación
            de los crímenes.  Aparentemente esto fue considerado como formando
            parte de un patrón de violación sistemática de derechos humanos, <<de
            un patrón de conductas estatales  hacia  familiares  de mujeres víctimas
            de  violencia  en  Ciudad  Juárez>>  (párr.  435) .  En este caso la Corte
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            Interamericana consideró probada la golpiza y el robo del automóvil del
            hermano de una de las mujeres asesinadas.  La Corte basó este hallazgo
            sólo en la consistencia de la declaración de la madre de la persona golpeada
            con la declaración de un perito que aparentemente no tenía conocimiento
            de los detalles del hecho en particular (párr. 437) .  El uso de esta prueba
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            poco contundente para dar por probado el vínculo entre una violación
            sistemática y los abusos cometidos en contra de una persona en particular
            no parecen justificados, ya que los actos de hostigamiento alegados por
            esta persona —esto es, la golpiza y el robo de su automóvil que habría
            aparecido desmantelado en un terreno de la Policía Judicial (párr. 437)—
            podría haber sido probado por medios más apropiados, tales como reportes
            médicos, o al menos, pruebas que confirmaran la declaración de la madre
            de la víctima, quien también tenía un interés en el presente caso.

                    Probar una violación en particular a través de la declaración de un
            testigo único sirve como ejemplo del grado en el que la existencia de una
            práctica generalizada puede disminuir el estándar requerido ordinariamente
            para  probar  una  violación.  En  general,  la  Corte  establece  un  estándar
            probatorio bajo para dar por probado el vínculo entre un caso particular
            y un patrón de violaciones masivas .  El que la conexión entre un caso
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            6  La redacción  del párrafo relevante  no es totalmente  clara al momento de
            determinar la existencia de este patrón.  Sin embargo, la Corte usa el razonamiento
            probabilístico para mostrar que consideró que este hecho se hallaba probado.
            7  La Corte Interamericana también tomó en consideración la supuesta falta de
            contestación específica de los hechos por parte del Estado, a pesar de existir una
            negación general.  Ver párrs. 438 y 427.
            8  Otro ejemplo es el caso Cantoral, donde la Corte dio por probados actos bastante
            específicos de torturas en contra de la víctima del caso, basada principalmente en
            declaraciones de parientes.  Cantoral Benavides Vs. Perú, párr. 63(f).
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