Page 53 - Anuario29
P. 53

ANUARIO DE DERECHO. Año 29, N° 29. Enero-diciembre 2012. Mérida-Venezuela.
            ISSN:0076-6550.                                               63



            obstáculos para la independencia judicial” (párr. 43).  Sin embargo, el caso
            Reverón la Corte no se refirió a violaciones masivas de derechos humanos
            en el tema de la independencia judicial.  Sólo consideró que

                    algunas de las normas y prácticas  asociadas al proceso de
             reestructuración judicial que se viene implementando en Venezuela.
             . . . , por las consecuencias específicas que tuvo en el caso concreto,
             provo[có] una afectación muy alta a la independencia judicial (párr.
             127, sin cursiva en el original).

                    Aparentemente la  razón  para  no hacer  declaraciones  claras en
            este punto es que las partes no hicieron un reclamo explícito acerca de
            la  existencia  de  una  violación  masiva  de  la  independencia  judicial,  al
            contrario de lo hecho en el caso Apitz.

                    En el caso Apitz la Corte usa claramente un estándar más alto que
            el de probabilidad.  Esta decisión revela, ya sea un estándar de prueba clara
            y convincente, o uno de más allá de toda duda razonable.  Un alto estándar
            parece ser adecuado para probar la existencia de violaciones masivas
            de  derechos  humanos,  especialmente  por  las  consecuencias  que  esta
            declaración puede tener para el Estado.  Probablemente el mejor estándar
            que podría utilizarse sería uno de prueba clara y convincente, ya que el
            estándar de prueba más allá de toda duda razonable, al menos en el modo
            según el cual es entendido en procedimientos internos, no es necesariamente
            adecuado para procedimientos internacionales.  Al decir esto, este artículo
            no se refiere al modo en el que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
            entiende el estándar de más allá de toda duda razonable, ya que el modo
            en que tal corte entiende dicho estándar es más cercano al de prueba clara
            y convincente que al de más allá de toda duda razonable según el modo en
            que es entendido en el ámbito interno.  Si la Corte decidiera usar el estándar
            de prueba clara y convincente, no sería el primer tribunal internacional en
            hacerlo, ya que la Comisión de Reclamos entre Eritrea y Etiopía usó este
            estándar para probar las violaciones masivas y sistemáticas del Derecho
            Internacional (Kinsch, 2009, p. 441).

                       2.2.4.  Estándar probatorio usado para probar
                       el vínculo entre un hecho y una violación masiva

                   Con relación al estándar probatorio usado para probar el vínculo
            entre un hecho y una violación masiva, podría decirse que en general es
            el de preponderancia de la prueba, como se puede ver en los primeros
   48   49   50   51   52   53   54   55   56   57   58