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Álvaro Paúl Díaz. Razonamiento Probabilístico De La Corte Interamericana Para
50 ProbarViolaciones Ocurridas En Un Contexto De Atropellos Masivos / Pp. 43-73
suficientes razones para detener a cada uno de los internos, requirió a los
demandantes probar lo contrario (párrs. 228-234).
La redacción de esta sentencia hace parecer como si la Corte podría
haber aplicado un proceso de razonamiento probabilístico en materia
de libertad personal (el Estado fue condenado por otras violaciones),
pero que no lo hizo porque el vínculo entre los casos particulares y las
violaciones masivas de derechos humanos no había sido probado (párr.
233). Sin embargo, ya existía en autos suficiente prueba vinculando la
práctica generalizada con un número determinado de personas, a saber,
la lista de los menores detenidos en el centro “Coronel Panchito López”.
Lo que en realidad sucedió fue que la Corte consideró que —a pesar de
lo difícil que sería en un caso que involucraba a aproximadamente dos
mil quinientas víctimas— era posible contar con prueba más fuerte sobre
la violación del derecho a la libertad personal en casos particulares. La
Corte, entonces, no sólo exigió probar un vínculo, sino que la violación
misma en cada caso.
El entonces juez Cançado Trindade se opuso en su voto
razonado a esta decisión, pues él consideró que en casos como éste, en
el que había <<niños privados de la libertad y sobreviviendo en precarias
condiciones>>, la carga de la prueba debía ser invertida y recaer sobre
el Estado (párr. 20). Él también afirmó que actuar de otro modo sería
hacer recaer una carga de la prueba demasiado pesada en las víctimas.
Cabe preguntarse si no habría sido mejor que la Corte ordenara, como
medida para mejor resolver, que el Estado aportara prueba respecto de las
sentencias dictadas en los casos de cada uno de los detenidos. Ello habría
permitido que la Corte, en caso de no aportarse estas medidas para mejor
resolver dentro de un plazo prudente, aplicara presunciones en contra del
Estado. Sin embargo, el asunto objeto de este estudio es otro: determinar
si habría sido adecuado aplicar el razonamiento probabilístico en este
caso, con la consiguiente inversión de la carga de la prueba.
Así, aunque puede discutirse si no habría mejor que la Corte
pidiera más prueba al Estado como medida para mejor resolver, parece
adecuado que la Corte no haya invertido la carga de la prueba en virtud
de un razonamiento probabilístico. Esto es así porque dicha forma de
argumentación debiera ser aplicada sólo cuando la prueba de una violación
particular es extremadamente difícil de obtener sin la cooperación del
Estado, especialmente si ello es así por motivos intrínsecos a la violación.
En el presente caso la obtención de la prueba era difícil de obtener, pero