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Álvaro Paúl Díaz. Razonamiento Probabilístico De La Corte Interamericana Para
            48          ProbarViolaciones Ocurridas En Un Contexto De Atropellos Masivos / Pp. 43-73



            113 y 125, y Fairén Garbi y Solís Corrales Vs. Honduras, párrs. 112 y 121).
            Sin embargo, el segundo requisito —la prueba de una relación entre esta
            violación masiva y los casos particulares— fue cumplido sólo en los casos
            Velásquez Rodríguez y Godínez Cruz, donde la Comisión estableció que las
            víctimas habían estado involucradas en el tipo de actividades perseguidas
            por el Gobierno y que ellas habían sido detenidas por militares (párrs. 107-
            116 y 114-122, respectivamente).  Por el contrario, en el caso Fairén Garbí
            & Solís Corrales la Comisión sólo probó la desaparición de las supuestas
            víctimas, no sus actividades políticas ni su detención por parte de agentes
            gubernamentales, por lo que no se dio por probada la responsabilidad estatal.

                   Depositar la carga probatoria en el Estado facilita la prueba de
            violaciones de derechos humanos donde existe una intención estatal de
            ocultar pruebas.  Es entendible que sea el Estado quien deba soportar
            una mayor carga probatoria en aquellos casos en los que hay violaciones
            masivas de derechos humanos, porque ha sido éste quien ha creado el status
            quo.  Es importante, sin embargo, recordar que toda técnica probatoria
            tiene sus desventajas, y es importante estar al tanto de ellas.  La técnica
            probabilística se fundamenta en una argumentación basada en inferencias
            razonables.  Sin embargo, le entrega a la presunta víctima ventajas que
            podrían crear incentivos para demandas infundadas, pudiendo, incluso,
            resultar en decisiones erradas.  Por eso, si bien este razonamiento tiene
            muchos beneficios en aquellos casos en los que el Estado ha tenido una clara
            intención de esconder pruebas, también abre la puerta a manipulación por
            parte de la supuesta víctima.  Así, en algunos casos la Corte podría llegar
            a darle el estatus legal de víctima a personas que no han sufrido ninguna
            violación, resultando en una decisión injusta (este artículo no pretende
            elucidar si tal situación ha ocurrido ante la Corte).  Hasta el momento,
            pareciera  que  la  Corte  ha  entendido  las  desventajas  que  representa  el
            razonamiento probabilístico, y por ello no lo ha aplicado en ciertos casos,
            no obstante se den ambos hechos básicos del mismo.

                    Probablemente una buena guía para decidir si aplicar o no el
            razonamiento  probabilístico,  tolerando  así sus desventajas, sería  el tener
            en consideración factores relevantes como:  si la violación presupone la
            intención de esconder pruebas por parte del Estado; si es posible obtener
            la prueba de algún otro modo; si el crimen del que se acusa al Estado es
            suficientemente serio; si el peticionario ha podido probar la existencia de
            otras  violaciones,  y  si  existe  un  vínculo  suficientemente  fuerte  entre  la
            violación masiva y el caso particular.  En casos de desapariciones forzadas,
            una buena práctica probatoria exigiría que la Corte requiriera prueba
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