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Rodríguez Salón, R. Derecho, Constitución y Estado de Derecho.
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            glorias perdidas a la capacidad vinculativa de la Constitución y a la ley
            el imperio perdido; ¡qué hacer entonces! Las soluciones presentadas,
            al menos las más renombradas, dejan a un lado el problema jurídico
            de la decreciente capacidad vinculativa de la Ley y se perfilan hacia
            la  teoría  constitucional  del  pluralismo  democrático  de  nuevo  cuño
            estructurado en términos de garantías a los derechos de libertad de
            los ciudadanos a partir del proyecto de la reconstrucción interna del
            derecho privado hasta llegar a la Constitución, con lo cual se invierte
            la pirámide normativa de las jerarquías al menos en términos práctico-
            garantistas.
                   Con la ideología neoliberal, la promesa liberal se presenta como
            solución al conflicto de la soberanía y del imperio de la ley, ahora en
            términos de recuperación del ideal saint-simoniano,

               El  orden  pacífico  de  la  empresa  trasnacional,  de  la  eficacia,
               del  entendimiento,  del  contrato  privado,  del  microajuste  y  del
               macroajuste, y, si se quiere, también de lo banal, habrían dejado tras
               de sí un orden de lo político y de lo heroico en el que se incubaron
               importantes catástrofes [tras la enseñanzas del pasado] la salida quizá
               consistiese  en  emplear  (tanto  hacia  dentro  como  hacia  fuera)  el
               inmenso poder económico y político así [histórico-concientemente]
               articulado como medio de autoafirmación, conforme a la vieja lógica
               de los Estados nacionales [pero distanciada en parte de ella por el
               des-centramiento de la soberanía] (Jiménez Redondo, 1999, p. 39).

                   Con  J.  Habermas,  la  relación  interna  entre  democracia
            y  Estado  de  derecho  se  transforma  en  una  oportunidad  para  el
            reforzamiento deliberativo del propio Estado de Derecho (aunque no
            necesariamente del derecho del Estado social y democrático),

               … en las Administraciones del Estado social se acumulan problemas
               que exigen una ponderación de bienes colectivos, la elección entre
               objetivos  que  compiten  entre  sí  y  el  enjuiciamiento  normativo
               de  casos  particulares.  Estos  problemas  sólo  pueden  elaborarse  de
               forma racional en discursos de fundamentación y de aplicación que
               rompen el marco profesional de un cumplimiento normativamente
               neutral de tareas… [esto supone que] en las tomas de decisión de
               una  Administración  que  ha  de  seguir  orientándose  por  puntos  de
               vista concernientes a eficacia hay que insertar filtros de legitimación
               con ayuda del derecho procedimental [cuestión que sólo es posible
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