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ANUARIO DE DERECHO. Año 27, N° 27. Enero-diciembre 2010. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 213
A la luz de todo ese contexto puede entenderse que el artículo
30 tiene por objeto reconocer la existencia de circunstancias en las que
para lograr el equilibrio entre el interés subyacente a la protección de
los derechos privados del titular de una patente y la protección de otros
intereses públicos generales, sería necesario interferir en los derechos
del titular. La disposición no estipula cuáles pueden ser esas circuns-
tancias que ameritarían una excepción en los derechos de titulares de
patentes, sino que deja a la facultad o potestad discrecional de los países
miembros la definición de su naturaleza y alcance, en atención a las cir-
cunstancias particulares del Miembro u objetivos de políticas públicas
de interés general - principios contenidos en el artículo 8 -, y en el mar-
co de su propio sistema y práctica jurídicos - Art. 1.1 -. Sin embargo,
esa discrecionalidad se ve restringida por los supuestos previstos en la
disposición, que definirían las excepciones admisibles.
3. El caso Canadá - Patentes para productos farmacéuticos y
los supuestos de aplicación del artículo 30
El asunto Canadá - Patentes para productos farmacéuticos - el úni-
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co que a la fecha ha abordado la interpretación de esta disposición-,
involucró una reclamación de las Comunidades Europeas (CE) contra
dos excepciones de la Ley de Patentes de Canadá: una era la excepción
basada en el examen reglamentario o de explotación temprana o exen-
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ción Bolar y, en estrecha relación, la segunda contemplaba una excep-
no de Apelación, asunto Estados Unidos -Camarones, párrafos 129-131; asunto Argentina
- Calzado, párrafo 81 y asunto Corea - Productos lácteos, párrafo 88.
18 Otros dos asuntos han atendido a la interpretación de la cláusula de excepciones a los
derechos de los titulares, pero en el ámbito de los derechos de autor y de marcas: Infor-
me del Grupo Especial, asunto Estados Unidos - Artículo 110 (5) de la Ley de Derecho de
Autor de los Estados Unidos. Doc. WT/DS160/R de fecha 15 de Junio de 2000. Título
abreviado Estados Unidos - Artículo 110 (5) de la Ley de Derecho de Autor, e Informe del
Grupo Especial, asunto Comunidades Europeas - Protección de las marcas de fábrica o de
comercio y las indicaciones geográficas en el caso de los productos agrícolas y los productos
alimenticios. Doc. WT/DS290/R de fecha 15 de Marzo de 2005. Título abreviado Co-
munidades Europeas - Marcas de fábrica o de comercio e indicaciones geográficas.
19 Esta excepción ha sido incorporada en algunas legislaciones de los Países Miembros
para productos patentados cuya comercialización está reglamentada por los poderes pú-
blicos para asegurar su inocuidad o eficacia y tiene por finalidad hacer posible la utiliza-