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ANUARIO DE DERECHO. Año 26, N° 26. Enero-diciembre 2009. Mérida-Venezuela. 57
ISSN:0076-6550.
alguno al político, ni al de las mayorías, sino al de la Constitución, al del
Derecho y enfocado a la realización de la justicia. Es más, acogiendo
lo planteado por Picó i Junoy, los tribunales no tienen ni la necesidad
ni la obligación de ajustarse en sus razonamientos jurídicos, que les
servirán para solventar sus fallos, a las normas aducidas por las partes,
pudiendo basar sus decisiones en fundamentos jurídicos distintos,
siempre que no se altere la acción ejercitada, pues la regla encarnada
en el aforismo “iura novit curia” les autoriza para ello (1997, p. 68).
Hay que acabar con la idea del juez funcionario, subordinado
a la voluntad o gracia de quienes detentan el poder político o
económico en la sociedad, tanto en lo relacionado con su ingreso a
carrera como en su perduración en la misma. Hay que sepultar, de una
vez por todas, cierto tipo de justicia de corte liberal y que actuaba a
su pedido, en donde el proceso tenía como propósito secundário el
otorgar justicia, pues el principal no era otro que el de justificar la
existencia de una judicatura burocrática y elitizada. Unos funcionários
judiciales con mentalidad pasiva y conformista, insensibles ante la
demanda de justicia que se le hace al Estado, apegados al formalismo
y al culto pétreo por el ritual. Un cierto tipo de justicia con códigos
o procesos típicamente dispositivos dejados al dominio e iniciativa
de las partes, caracterizados por la pasividad de un juez espectador.
Justicia formalista y decimonónica con un juez-funcionario-burócrata
cómodo que deja a la iniciativa de las partes la dirección del proceso.
Una justicia de procesos lentos y tortuosos, dilatados en el tiempo,
y que no se encaminan precisamente al otorgamiento de la justicia.
Una justicia en donde los costos, la excesiva duración de los litígios
en sede jurisdiccional, la no funcionalidad del proceso respecto de
sus fines (Chiarloni, 2002), ocasionada por la eclosión del aparato
judicial ha tornado en irracional la administración de justicia misma.
Es por ello que abogamos por una magistratura togada que
deje de ser asimilada a instrumento del gobernante o como fortín
burocrático de la política, y, que en su lugar se erija en la función
más vital e importante del Estado en cuanto estará encaminada a
la sociedad. «Si el poder judicial tiene que ser un verdadero poder,