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60                         Castaño Zuluaga, L. Poder Judicial y Justicia Procesal / pp. 27-63



            en el fondo reivindican modernamente el que no habrá sumisión de
            dicho poder a ningún otro, en una aspiracional formalidad frente al
            Poder Ejecutivo, de cuya coyunda se ha querido liberar. Las garantías
            de la independencia judicial se apuntalan en las normas que se puedan
            establecer  y  que  atiendan  a  hacerla  efectiva,  pues  no  basta  con  su
            sola proclamación. De ahí que se haga necesaria la confección de un
            Estatuto  personal para el Poder Judicial como medio de realización
            de su independencia. En el ámbito colombiano la garantía formal se
            manifiesta en la Ley 270 de 1996 o Estatutaria de la Administración de
            Justicia, como precisamente se denomina. Ella, en tanto instrumento,
            se erige en garantía formal de la independencia judicial, pero no basta
            con ello, pues se hace necesario que sea operativa en la práctica, que el
            contenido de dicho estatuto funcione para que se pueda hablar de que
            alcanza su garantía material. La realidad colombiana deja mucho que
            desear al respecto, puesto que si se considera que ha sido el legislador
            el que le ha otorgado la garantía formal, por haber creado la norma, se
            ha desdibujado en la práctica si hemos de considerar el enorme poder
            que acumula el Ejecutivo y que por desliz del propio constituyente
            le ha permitido expedir algunos reglamentos que se relacionan con
            la forma cómo se habrá de regir la propia Administración de Justicia.
            Asuntos que sólo le atañen al legislador y al propio Poder Judicial han
            sido dejados para ser reglamentados por el Ejecutivo Nacional, con lo
            que se hace evidente la quiebra de la aspiración de la independencia
            judicial.

                   El juez colombiano aún no se ha concientizado del poder que
            posee, de su independencia, ha sido tímido, autorecortando el alcance
            de su propio poder, autorestringiendo  sus posibilidades de acción.
            En Colombia es más notoria la intromisión del Ejecutivo en las Altas
            Cortes que en los juzgados inferiores, pues es en aquellas en donde
            se ventilan los asuntos que tienen que ver con el manejo del poder
            o de su control. En particular, la intromisión del Ejecutivo se hace
            evidente en la actualidad en la Corte Constitucional y en el propio
            órgano  encargado  de  atender  a  las  necesidades  y  a  la  organización
            administrativa y disciplinaria del Poder Judicial, como es el Consejo
            Superior de la Judicatura. Por fortuna para la democracia, su grado de
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