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ANUARIO DE DERECHO. Año 26, N° 26. Enero-diciembre 2009. Mérida-Venezuela. 49
ISSN:0076-6550.
en el segundo se torna casi un imperativo el ser un juez dinámico,
atrevido, activista.
La judicatura en un Estado de paz no puede ser la misma
que en un Estado de guerra o conflicto armado interno, pues si en la
primera se presenta un cierto equilibrio de poderes, en el segundo
el papel del juez se sobredimensiona, por ser tal vez el único órgano
del Estado capaz de despertar confianza en los ciudadanos, que verán
en él a un garantizador del disfrute de sus derechos fundamentales,
por entenderlo como a un defensor-protector que los puede precaver
incluso en contra de los desmanes del poder del mismo Estado y de
sus instituciones.
El poder judicial en un Estado inmerso en conflicto armado
no opera ni funciona en las zonas alejadas de los principales centros
administrativos, tenidos como sede del poder público. En aquellas
zonas de marcada influencia de los grupos armados o bajo su pleno
dominio, se asiste a una sustitución del poder del Estado por el del
grupo beligerante. Cuando la propia población se halla desplazada
y refugiada dentro de sus propias fronteras, toca fondo la clásica
concepción del Estado de Derecho sobre la cual somos tan dados
a teorizar normalmente los académicos y los juristas. La población
no reconoce, no cree ni respeta al Estado incapaz de protegerlo y de
procurarle bienestar o seguridad, de otorgarle justicia. La población
pierde la confianza en él, como en efecto ocurre en Colombia, en
donde más del 50% de su población se halla en la pobreza, ocupando
un deshonroso tercer lugar a nivel mundial en desigualdad e
inequidad; un segundo lugar en desplazamiento forzado, con cuatro
millones de sus nacionales en tal condición, refugiados dentro de
sus propias fronteras ; y, un segundo lugar en campos minados;
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un país que presenta en los últimos años cuarenta mil crímenes de
lesa humanidad, por investigar y en la absoluta impunidad, que se le
13 Únicamente en el 2007 se registraron 306.000 desplazados en Colombia. En el pri-
mer semestre de 2008 se estimaron en 270.000 los desplazamientos, lo que implicó
un aumento del 41% frente al mismo período de 2007 (Consejería para los Derechos
Humanos y el Desplazamiento Forzado -Codhes-).