Page 20 - Anuario26
P. 20
ANUARIO DE DERECHO. Año 26, N° 26. Enero-diciembre 2009. Mérida-Venezuela. 33
ISSN:0076-6550.
Finalidad de la justicia procesal
La finalidad del Derecho procesal no deja de ser axiológica
ni es otra distinta a aquella de evitar la violencia ilegítima de la
sociedad, la autotutela de los derechos e intereses privados por los
propios particulares y en cambio se orienta al alcance de la certeza
y seguridad jurídica en el propósito de arraigar los valores dignos de
una sociedad democrática que se organiza en torno a un principio-
valor fundante resumido en la justicia.
Si el fin del proceso es atender a la convivencia social, la razón
que lo posibilita no es otra que el Derecho y es nada menos que el juez
quien la debe hacer efectiva. De bella y literaria manera Carnelutti lo
expresó al referir que el Derecho nacía precisamente para que muriera
la guerra (2004, p. 8). No es otra la razón por la que se ha impuesto en
las sociedades civilizadas el proceso judicial, para que los ciudadanos
no lleguen a las armas ni a los métodos violentos como medios de
solución de conflictos. De manera que el juez en occidente no ha sido
más que un “componedor civilizado” que otorgará el Derecho a una
de las partes solucionando el litigio ajustado a la justicia.
Los tribunales judiciales no son más que el moderno campo
de la lid bélica, en donde se asiste cotidianamente al drama del debate
de los intereses y pasiones egoístas del hombre, pero sometidos ahora
a reglas específicas ancladas en la Constitución y en el ordenamiento
jurídico, con la misión específica de humanizar el instinto animal del
hombre, buscando remediar sus excesos. El proceso sirve, entonces,
en seguimiento de Carnelutti, para hacer que entren en razón aquellos
que no la tienen (2004, p. 33). De ahí que el juez es aquel que discierne,
aquel que posee el conocimiento, que se muestra superior en calidad y
en capacidad al común, aquel que juzga y valora en justicia, aquel que
comprendiendo la conducta humana al tiempo que es capaz de aplicar
el Derecho. El juez, en ocasiones, termina incomprendido en su labor,
por asumir los destinos e intereses del hombre, del justiciable, de la
sociedad y del Estado. La toga que lleva no es una mera investidura, es
un símbolo que hace aparecer la majestad de la justicia.