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Un estudio sucinto del sistema de los Recursos Administrativos en el...

          obligatorios dado su crecimiento continuo estos se extienden a dominios muy
          variados y bien significativos de la acción administrativa . Así, pareciera, que
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          existe tácitamente una transformación de la regla en excepción, o más bien, de la
          excepción en regla, es decir, que la facultad de ejercer un recurso administrativo
          previo deviene la obligación .
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              Sin  embargo,  esta  generalización  engendra  serias  complicaciones.  De
          una parte, la multiplicación de recursos administrativos especiales a través de
          textos  especiales  que  les  instituyen  trae  por  consecuencia  la  complejidad  del
          sistema de recursos administrativos . Esto sin duda, dificulta su ejercicio ya que
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          en el momento de atacar una decisión administrativa, se hace necesario hacer
          un estudio caso por caso y dominio por dominio. Esta complejidad se traduce
          también en la imposibilidad, en el Derecho Francés, de sistematizar y de clasificar
          los  recursos  administrativos  obligatorios .  La  organización  de  los  recursos
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          administrativos se ha visto así calificada con diversos adjetivos: Ella es considerada












          76   D. Truchet afirma que esta expansión se produce, sobretodo, en materia de administración
              económica y social así como en materia de organización profesional « Recours administratifs
              », op. cit., No. 85, p. 12.
          77   Para  mayor  información  sobre  la  evolución  de  los  recursos  administrativos  obligatorios  en
              derecho francés, Cf. J.-F. Brisson, «Régler autrement les litiges administratifs: les recours gracieux
              et hiérarchiques, voie alternative de protection des administrés?», op. cit., pp. 814-816.
          78   Situación especialmente remarcada por J.-M. Auby, «Les recours administratifs préalables», op.
              cit., p. 13 ; et G. Pellissier, «Pour une revalorisation de la spécificité des recours administratifs.
              Réflexions sur la fonction des recours administratifs dans l’ordre juridique français», Revue
              Française de Droit Administratif (RFDA) No.5, 1998, p. 324.
          79   A este respecto, E. Prévédourou señala que “el censo de las hipótesis dentro de las cuales
              un tal recurso es prescrito so pena de inadmisibilidad del recurso jurisdiccional culmina en
              una colección de soluciones particulares y discordantes que resultan de textos específicos
              que  responden  a  soluciones  particulares  y  sectoriales  o  contingentes”,  En  «L’influence  de
              l’obligation du recours administratif préalable sur l’action en justice», op. cit., p. 1028.



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