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La ley de cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro...

          c)   Préstamos:

              Las cajas, fondos y asociaciones de ahorro sólo pueden prestar hasta el 80%
          de la totalidad de los haberes disponibles de los asociados, mantener adecuados
          índices de liquidez y solvencia, y una equilibrada diversificación, de manera de
          resguardar su integridad patrimonial. La Superintendencia puede determinar el
          porcentaje máximo de su patrimonio destinado a préstamos.

              Los préstamos están destinados exclusiva y excluyentemente a sus asociados,
          prohibiéndose otorgarlos a terceros, o garantizar obligaciones de éstos bajo pena
          de sanciones (multa y remoción del cargo por parte de la Superintendencia) a
          los miembros del consejo de administración (y del consejo de vigilancia por no
          denunciar el hecho) que los otorguen.

              Son otorgados a solicitud de los asociados de acuerdo a las modalidades,
          plazos e intereses a cobrar establecidos en los estatutos, por cierto, nunca superiores
          a la tasa legal (12% anual y 18%, si son hipotecarios), además de los gastos de
          tramitación cobrables solo una vez (artículo 1.746 del Código Civil).

              Tienen por finalidad satisfacer necesidades colectivas de los asociados, tales
          como vivienda, salud, proveeduría y cualquier otro aprobado por la asamblea.

              Garantías:  1.  Los  Haberes  disponibles  del  asociado;  2  Haberes  de  hasta
          4  asociados,  en  condición  de  fiadores;  3.  Reserva  de  dominio  sobre  muebles
          (vehículos) y 4. Hipoteca de primer grado sobre la vivienda principal del asociado.
          No  se  puede  conceder  préstamos  con  sobregiros,  avalados  con  prestaciones
          sociales, utilidades o bonos vacacionales.

          d)   Beneficios  provenientes  de  Proyectos  sociales,  establecidos  con  otras
              asociaciones del mismo tipo o de carácter público, social, económico en
              salud, alimentación, vivienda, educación, recreación y turismo;

          e)   Retiro  parcial  de  haberes  hasta  el  límite  y  condiciones  fijados  en  los
              estatutos.

            6.4. Libros, actas e informes:

          a)   Libros:  la  Ley  les  impone  llevar  libros  sociales  de  actas  de  cada  uno  de
              sus órganos internos, de registro de asociados, y de controles contables y
              administrativos  sellados  por  la  Superintendencia.  Los  de  contabilidad,



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