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La ley de cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro...
6. Gestión social
6.1. Colocaciones:
Las cajas, fondos y asociaciones similares sólo pueden tener cuentas o
efectuar depósitos en los bancos, instituciones financieras y entidades de ahorro y
préstamo regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
Además, deben depositar el dinero de la reserva de emergencia -y de cualquier
otra reserva- en ese mismo tipo de institución.
A efecto de sostener índices de liquidez y solvencia acordes, debe mantenerse
una equilibrada diversificación los recursos del patrimonio en bonos, depósitos y
otros instrumentos de renta fija y títulos valores que generen atractivo rendimiento
económico y de fácil realización en bancos, instituciones financieras y entidades de
ahorro y préstamo, emitidos o garantizados por el Banco Central de Venezuela
6.2. Operaciones e inversiones:
a) Condiciones: las operaciones e inversiones que pueden realizar estas
asociaciones están limitadas a las expresamente permitidas por la ley (norma
de dudosa constitucionalidad, por cierto), en beneficio exclusivo de sus
asociados. Deben ser aprobadas previamente por la asamblea -soportadas
por un informe técnico- y requieren de aprobación de la Superintendencia
que evalúe la incidencia de la inversión en el patrimonio social. La ley la
obliga a dar respuesta “oportuna” de aprobación definitiva, pero no fija el
plazo para hacerlo, por lo que debe aplicarse la norma de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos que lo fija en 20 días hábiles
b) Operaciones: realizar por si solas, o en asociación o alianzas estratégicas
con otras asociaciones, proyectos sociales en vivienda, hábitat, salud,
alimentación, educación o recreación y turismo; adquirir bienes muebles e
inmuebles y participar en programas públicos de bienestar social;
c) Inversiones: en seguridad social, cónsonas con el sistema establecido por
el Estado; adquirir o invertir en títulos valores, bonos y otros instrumentos
de inversión, contratar fideicomisos de inversión, celebrar convenios de
asesoramiento de operaciones financieras en el mercado monetario y de
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