Page 122 - Anuario25
P. 122
La ley de cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro...
Sin embargo, las cajas, fondos y asociaciones similares de ahorro de carácter
militar quedan fuera del sistema de elección por votación directa, personal y
secreta, la que se rigen en la materia por sus propios estatutos. Se entiende por
tales aquellas asociaciones en las que el mayor porcentaje de asociados sea de
miembros de los componentes militares de la Fuerza Armada Nacional, en
actividad o retiro.
e) Duración: la ley impone un período de 3 años con la posibilidad de una
sola reelección, para un total máximo de 6 años, en cuyo caso deben esperar
3 años para poder ser electos de nuevo (no aplicable a las asociaciones de
carácter militar).
f) Remuneración: exclusivamente mediante la figura de dietas por su asistencia
a las reuniones, según la normativa establecida en los estatutos. Su monto es
fijado por la asamblea.
g) Viáticos: de acuerdo con los estatutos, pagados a los directivos, delegados
y miembros de la comisión electoral por asistencia a la asamblea, procesos
electorales, foros o eventos de carácter gremial ¿y en caso de actividades
educativas?
h) Vacantes y suplencias: las faltas absolutas, incluido el abandono del cargo
(falta injustificada a reuniones) se cubren con los suplentes y, agotados
éstos, por los asociados designados por sesión conjunta de los consejos
de administración y vigilancia, sujetos a ratificación por la asamblea mas
próxima;
i) Remoción: corresponde a la asamblea por mayoría calificada (2/3 partes de
los asociados o de los delegados), salvo en caso que empleen recursos de la
entidad en beneficio propio o de terceros que, por la ubicación legal de la
norma en el capítulo de sanciones, pareciera que pueda hacerlo directamente
la Superintendencia;
5.2. Administrador o Gerente:
La ley no tiene norma expresa sobre el mismo y, antes bien, pareciera que
sus facultades son asignadas al consejo de administración o al vicepresidente
(si está contemplado en el mismo), debiendo el estatuto establecerle facultades
administrativas y operativas.
Anuario de Derecho 135