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La ley de cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro...

              contratación del personal; creación de comisiones de trabajo, convocatoria y
              presidencia de asambleas y de la dirección colegiada de la gestión ordinaria
              o simple administración de la caja, fondo o asociación similar de ahorros;
              formulación de proyecto de presupuesto, así como su ejecución.

              Tiene a su cargo la administración de los bienes de la entidad, que “bajo
          ninguna circunstancia podrán ser administrador por terceros”.

          b)   Integrantes: número impar entre 3 y 5 asociados principales y suplentes para
              todo tipo de caja, fondo o asociación similar de ahorros, con los cargos de
              presidente, tesorero y secretario. Las facultades y obligaciones de los mismos
              son establecidas en el estatuto. De existir vicepresidente, los estatutos deben
              otorgarle facultades administrativas y operativas
          c)   Quórum  y  votación:  el  quórum  está  constituido  por  la  totalidad  de  los
              asociados; las decisiones se adoptan con la mayoría, entendemos absoluta, y
              debe ser comunicadas al consejo de vigilancia en las 48 horas siguientes, si
              no estuvieron presentes en la reunión respectiva.

            4.4. Órgano de control interno:

          a)   Facultades:  el  consejo  de  vigilancia  está  encargado  de  supervisar  que  las
              actuaciones del consejo de administración se adecuen a la normativa y a las
              decisiones de la asamblea. No puede interferir en sus actividades, pudiendo
              objetar los actos y decisiones del mismo que lesionen los intereses de la entidad,
              lo  mismo  que  puede  notificar  a  la  Superintendencia  las  irregularidades
              que observare para que esta tome las medidas que considere convenientes.
              Anteriormente, en estos casos, el consejo podía convocar la asamblea para
              tomar decisiones. También, puede ordenar la realización de auditorías y sus
              miembros asistir a las reuniones del consejo de administración;

          b)   Integrantes: 3 miembros principales y sus respectivos suplentes: presidente,
              vicepresidente y secretario, cuyas facultades y obligaciones son establecidas
              en el estatuto. Las normas sobre quórum y votación son las mismas que las
              del consejo de administración.








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