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                 titución, encaminado a vigilar que los actos de autoridad sean con-
                 formes o estén de acuerdo con la Ley fundamental o Ley Suprema
                 y para el caso de no ser cumplido tal requisito (el apego a la Cons-
                 titución por parte de las autoridades al emitir los actos propios de
                 sus funciones), se declarará su contrariedad con el texto de esa Ley,
                 procediéndose a su anulación o invalidación por parte de la auto-
                 ridad competente para conocer del juicio de constitucionalidad.


            En tal virtud, sobre el control constitucional, refiere Centina, 1999, p.
            226, que se constituye en un sistema establecido por la Constitución para
            su propia defensa


                 …que permite garantizar la salvaguarda de la ley suprema ante la
                 posibilidad de que sea infringida o vulnerada por las autoridades,
                 con el objetivo fundamental, histórico y jurídico de proteger y
                 mantener el orden constitucional haciendo prevalecer el principio
                 de supremacía de la Constitución.

            De manera que el control o defensa de la Constitución se concreta por
            medio de un conjunto de instituciones e instrumentos políticos, jurídicos
            y procesales establecidos por el Poder Constituyente para mantener a los
            órganos de los Poderes Públicos del Estado dentro de las competencias
            trazadas en la Carta Fundamental. Así mismo dentro del respeto de los
            derechos fundamentales, con el objeto de prevenir y eventualmente re-
            primir su incumplimiento, restableciendo la fuerza normativa y la supre-
            macía de la Constitución, y esa defensa de la Constitución se ejecuta a
            través de la justicia o jurisdicción constitucional.


            Este conjunto de herramientas, instrumentos o medios consagrados en
            la Carta Magna, tienen por finalidad proteger y garantizar la normativa
            constitucional, para prevenir su violación o quebrantamiento la norma
            constitucional, reprimiendo su desconocimiento, en cuyo caso se proce-
            derá a la restitución o restablecimiento del orden constitucional. Estos
            mecanismos estipulados por la Constitución, son medios políticos, ju-
            rídicos y procesalesde control de constitucionalidad, ello como conse-
            cuencia de la preponderancia del Texto Fundamental, su valor normati-
            vo y al principio de laSupremacíaConstitucional.
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