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ANUARIO DE DERECHO. Año 31 N° 31. Enero-diciembre 2014. Mérida-Venezuela. 71
ISSN:0076-6550.
bido a los cambios que existen en el país, es la normativa constitucional
la que establece los pasos a seguir para la reforma, sin tener que consultar
al pueblo, ya que en principio se han establecido los procedimientos co-
rrespondientes, por voluntad del soberano o como declara la Sala, <<la
Constitución es obra del Poder Constituyente>>.
Puede afirmarse entonces, que el control o mecanismos de constitucio-
nalidad consagrados en la Constitucióntiene como propósito lograr la
efectividad y eficacia de la normativa fundamental, garantizando de tal
manera la supremacía de la Constitución a través del mantenimiento y la
conservación de las disposiciones constitucionales, a efectos de impedir
que se convierta en un artículo decorativo. De allí que se hace necesario
determinar y establecer los instrumentos necesarios para la protección de
la Constitución.
3.DEFENSA Y CONTROL CONSTITUCIONAL
El control de constitucionalidad es un mecanismo jurídico de protección
de la Constitución, que tiene su cimiento en el principio de la supremacía
constitucional, que persigue salvaguardar y restablecer el orden constitu-
cional en caso de vulneración de las disposiciones contenidas en el texto
fundamental, bien por una ley contraria a la Constitución o por exceso
en la actuación de los órganos de los Poderes Públicos en el ejercicios de
sus funciones, a efectos de impedir el abuso o extralimitación en sus fun-
ciones, asegurándose el respeto y acatamiento de la Constitución como
norma suprema dentro del ordenamiento jurídico.
Para la aplicación del control de constitucionalidad se demanda la con-
sagración en la normativa constitucional de medios de control o defen-
sa de la Constitución, estos medios, mecanismos o instrumentos son los
distintos procedimientos previstos en la Constitución, cuya finalidad es
la de protegerla y salvaguardarla.
En tal sentido, por medio de control o defensa de la Constitución o de la
constitucionalidad, expresa García, 2001, p. 10, se puede entender:
…al proceso instituido y debidamente previsto en la misma Cons-