Page 55 - Anuario31
P. 55

66                      Milagros R. Rincón de Parra. Control de constitucionalidad... pp. 61-93

                 lógico como histórico el Poder Constituyente es una necesidad
                 para la constitutioscripta. La Constitución no puede ser pensada ra-
                 cionalmente sino es a partir del Poder Constituyente.


            En este orden de ideas, por el principio de la supremacía constitucio-
            nal el Poder Constituido Derivadotiene un deber de sujeción al Texto
            Constitucional,deberde subordinacióny cumplimiento al mandato cons-
            titucional, debido a que éste poder tiene su génesis en la voluntad del
            pueblo(Poder Constituyente Originario) consagrada en la Carta Magna,
            de manera que, el Poder Constituido es creado con fundamento en la
            norma constitucional, cuyo objetivo fundamental es la Administración
            del Estado, por consiguiente, tiene unaobligación de cumplimiento de-
            los mandatos contenidos en las disposiciones constitucionales, en virtud
            de que la Constitución es la “Ley Superior”, ley de leyes que establece
            los límites al ejercicio de las funciones de los órganos de los Poderes
            Públicos,los cuales se encargan de desempeñar la función pública del Es-
            tado, por lo que siendo la Constitución la Norma Normarum, es contra
            legem que cualesquiera de los actos de los órganos de los Poderes Públi-
            cos en ejercicio de sus funciones, así como las leyes de menor categoría,
            sean contrarios la Constitución.


            Con relación a los actos de los órganos de los Poderes Públicos, cuando
            alguno de éstos órganos rebasano se extralimitan en el ejercicio de sus
            funciones, acarreael incumplimiento del mandato constitucional, lo que
            comportala violación de la norma constitucional,en cuyo caso,la Consti-
            tuciónconsagracontroles o mecanismos de protección a fin de defender,
            garantizar, resguardar y restablecer el orden constitucional, con el pro-
            pósito de asegurar la eficacia, efectividad y vigencia de la Constitución.


            Por otra parte,respecto a las leyes de menor jerarquía, la Constitución
            como norma suprema se distingue del resto de las leyes que conforman
            elsistema de leyes, por el principio supremacía constitucional, éste prin-
            cipio de superioridad que caracteriza y distingue al texto fundamental,
            acarrea el que la Constitución no puedaser modificada o revisada por
            cualquier procedimiento, es decir, por el procedimiento ordinario esta-
            blecidopara la elaboración de leyes, ya que la Constitución como máxima
            leypor el principio de supremacía constitucional y el principio de rigi-
   50   51   52   53   54   55   56   57   58   59   60