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80 Mora Bastidas, Freddy. Las condiciones de trabajo en la LOTTT/ pp. 67-85
del contrato como forma de ingreso, pero de acuerdo a lo dispuesto en la
Ley Orgánica de Educación tienen estabilidad en el cargo; sin embargo
en relación con los beneficios (condiciones generales del trabajo) se aplica
lo dispuesto en la Convención Colectiva del Sector Educación, que con-
templa beneficios económicos superiores a lo dispuesto en la Ley Orgá-
nica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. iii) En el caso de la
Universidad, si el aspirante ingresa por concurso de credenciales, a pesar
de haber participado en un Concurso Público, se suscribe un contrato en
donde el profesor contratado gozará de los beneficios (condiciones gene-
rales del trabajo) consagrados en la Convención Colectiva Única del Sec-
tor Universitario; sin embargo no es considerado como un mecanismo
para el ingreso a la carrera docente universitaria. En los casos anterior-
mente expuestos se puede observar la disimilitud en cuanto al régimen
aplicable en materia de beneficios económicos; sin embargo en materia
de condiciones y medio ambiente del trabajo, se aplica sin ningún tipo
de distinción las reglas establecidas en la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
6. CONCLUSIONES
Es importante señalar que las condiciones generales del trabajo, conteni-
das en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras,
tienen una íntima vinculación con las condiciones de higiene y medio
ambiente del trabajo, reguladas en la Ley Orgánica de Prevención, Con-
diciones y Medio Ambiente del Trabajo, porque la forma o manera de ga-
rantizar un ambiente saludable de trabajo, la protección a la vida, la salud
y la seguridad laboral, se garantizan con la aplicabilidad del mencionado
instrumento normativo.
En relación con la jornada de trabajo, el artículo 167 de la LOTTT a dife-
rencia del artículo 178 de la LOT suprimió la explicación de la expresión
“el trabajador está a disposición del patrono”, y no conectó el mencio-
nado artículo 167 a la aplicación de los efectos contenidos en el artícu-
lo 69 de la LOPCYMAT. El aumento de los días de descanso permite
garantizar las previsiones contenidas en la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, sin embargo en la práctica