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60 Madriz Anaya, Raiza. El lenguaje sexista en el ámbito jurídico-laboral/
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desviaciones conductuales, en la cual una de ellas es la agresora y la otra
la víctima. Sin embargo, la ya mencionada Ley Orgánica sobre el Dere-
cho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ha sido un gran avance
social permitiendo el bienestar individual y familiar de las mujeres, lo-
grándose dar una respuesta a la realidad social venezolana en donde la
violencia masculina sobrepasaba los limites de abuso en contra de la dig-
nidad e identidad femenina, siendo ellas, víctimas invisibles ante nuestras
diferentes instituciones jurídicas, políticas, sociales, laborales, religiosas y
todas aquellas que hayan contribuido a esta exclusión.
Así mismo, en la Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, entre Enero del 200 y Junio del 2007, cuya compila-
ción fue realizada por la Dra. Carmen Zuleta de Merchán, se pueden leer
algunas sentencias sobre “Modalidades del Derecho a la Igualdad”, nú-
mero 898 del 13-05-2002; “Igualdad y Equidad de Hombres y Mujeres
en el ejercicio del Derecho del Trabajo”, número 2.985 del 29-11-2002;
“El Fuero Maternal establecido en la Ley Orgánica del Trabajo No es
extensible al Padre Trabajador”, número 259 del 21-02-01, entre otras.
En estas sentencias se refleja la aceptación del modelo democrático de
Estado Social de Derecho y de Justicia por lo que el Derecho del Trabajo
se expande a través de otros aspectos como la protección de las mujeres,
amas de casa, núcleo familiar, seguridad social entre otros los cuales, se-
gún la compiladora:
Son los nuevos temas que trascienden el ámbito contractualista de las
relaciones obrero-patronales; y se extiende a las condiciones de vida, fa-
milia, género y ciudadanía de los trabajadores. De allí que la normativa
constitucional del Capítulo V pretenda una visión integral de los Dere-
chos Sociales y de las Familias, donde el sujeto trabajador _ más que la
proclamación de un catálogo de derechos individuales y colectivos frente
al estado prestacional – un modo de regulación de estar en la sociedad y
de participar en tanto que ciudadano en la procura de una mayor igual-
dad social; esto es que los derechos sociales no se conviertan en un medio
de comprimir las ventajas del desarrollo económico en manos de agentes
políticos e intermediarios sociales; sino por el contrario que el ejercicio
de los derechos sociales sea un aprendizaje solidario para proteger a los
sectores menos favorecidos, sean o no asalariados.