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ANUARIO DE DERECHO. Año 30 N° 30. Enero-diciembre 2013. Mérida-Venezuela.   133
            ISSN:0076-6550.
             De las anteriores clasificaciones la autora toma como fuente de estudio
            la que se refiere al número de Estados Partes en la celebración de un tra-
            tado internacional, ya que la misma permite incluir  a las reservas como
            institución jurídica presente en los tratados multilaterales, tema que será
            estudiado en próximos epígrafes.



            2.2. FASES  DE  CELEBRACIÓN  DE  UN  TRATADO  INTERNA-
            CIONAL.

            La celebración de tratados es una serie de actos mediante los cuales cobra
            vida esta institución. La entrada en vigencia del mismo se cumple en un
            proceso compuesto por varios pasos. Primero, se encuentra la negocia-
            ción.  La negociación no es otra cosa que lograr el acuerdo de volunta-
            des, las partes darán a conocer sus pretensiones y tratarán de llegar a un
            acuerdo mutuamente conveniente. Las negociaciones deben efectuarse
            por representantes del Estado en cuestión que estén provistos de “Plenos
            Poderes”, no se debe confundir la capacidad del Estado para celebrar tra-
            tados, con la capacidad de los representantes del Estado para negociar y
            obligarlo internacionalmente.


            Por “Plenos Poderes” se debe entender la capacidad, competencia, facul-
            tad que la autoridad competente concede por escrito a una persona para
            la ejecución de todos los actos relativos a la celebración de un tratado, la
            adopción del texto del tratado y para manifestar el consentimiento del
            Estado en obligarse por él. Previo a toda negociación, hay una etapa de
            verificación de poderes, donde los representantes exhibirán sus poderes
            y comunicarán las posibles restricciones que pudieran tener.
            El artículo 7 CV presume de derecho los plenos poderes de determinadas
            personas en virtud de los cargos que ocupan:

                - -  Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y Ministros de Relaciones
                   Exteriores para la ejecución de todos los actos relativos a la
                   celebración de un tratado.

                - -  Jefes de misión diplomática para la adopción del texto de un
                   tratado negociado con el Estado ante el cual se encuentra
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