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Javier González Reinoza. Marco jurídico del ejercicio de la Libertad
            102                   de expresión en Venezuela (1999 - 2011): un estudio .../ Pp. 97-124



            o actualmente vigente (Estado, pueblo), acto concreto creador del Derecho
            (legislación, costumbre, decisión judicial, entre otros), fundamento de la
            validez jurídica de una norma concreta, forma de manifestarse la norma
            jurídica (ley, decreto, costumbre), fundamento de un derecho subjetivo .
                                                                        9
                   Por  regla  general,  se  plantea  el  problema  de  las  “Fuentes
            del Derecho”  en  dos  sentidos:  primero,  como  factores  que  provocan
            necesariamente  la aparición  de las normas jurídicas  determinando  su
            contenido, es decir, Fuente en sentido material, y segundo, como proceso
            de creación de las normas jurídicas, cuando hablamos de Fuentes formales.

                   Para explicar un poco esto, puede decirse que las Fuentes materiales
            son las circunstancias que significan la realidad de cada pueblo y que son
            causas suficientes del Derecho. Son  situaciones sociales de  índole muy
            diversa:  políticas,  económicas,  religiosas,  culturales,  entre  otras.  Ellas
            motivan y determinan al Estado a regularlas por medio de normas jurídicas
            para permitir la resolución de conflictos, controlarlos y evitarlos.

                    Un ejemplo de esto ( como se explicará más adelante), se resume
            en  el  modo  en  que,  en  Venezuela,  la  beligerancia  y  el  protagonismo
            político de los medios de comunicación social, en los procesos políticos
            de los últimos años, por un lado, y la sensibilidad a la crítica del Gobierno
            de turno y su intención de imponer una sola visión de la realidad, por el
            otro, determinaron el nacimiento de un nuevo marco legal, regulatorio de
            contenidos y de las leyes de “responsabilidad social” de dichos medios y de
            la Libertad de expresión en general. En este trabajo se abordará el estudio
            de las normas positivas vigentes en Venezuela desde 1999 hasta el año 2011,
            considerando las condiciones sociales y políticas de su nacimiento.

                   III. La Constitución de Venezuela y la Libertad de expresión
                   del pensamiento.

                   La Constitución es la fuente jurídica fundamental por excelencia.
            Si se recuerda la construcción kelseniana, la Carta Magna es la norma
            máxima, ocupa el vértice de la pirámide y, por tanto, es la razón de validez
            de todas las Normas inferiores. En este sentido, no puede haber ninguna
            norma por encima de la Constitución y todas las reglas de Derecho deben
            asumir sus principios y contenidos .
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            9  Luis, Legaz y Lacambra: Filosofía del Derecho, Bosch, Barcelona, 1971, p. 344
            10  Artículo 7 de la Constitución venezolana establece que ella es la norma suprema
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