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Javier González Reinoza. Marco jurídico del ejercicio de la Libertad
            100                   de expresión en Venezuela (1999 - 2011): un estudio .../ Pp. 97-124



                      pues al efectuar un examen histórico del fenómeno jurídico,
                      debe examinarlo como un hecho global y unitario, aun en su
                      indudable complejidad .
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                   Pero la función esencial de la historia del Derecho, que resume
            todo lo anterior, es proponer un estudio crítico y complejo del mismo. Se
            busca que el conocimiento jurídico no sea una labor solitaria del técnico del
            Derecho, como lo dice el mismo Grossi: “No estamos en tiempo de soledades
            para el jurista. Más bien es tiempo de trabajo en común, de atención y
            disponibilidad mutua. Abrigo un serio temor por las soledades privativas,
            por el especialista que trabaja en solitario pertrechado y complacido por
            la coraza que le suministra la propia competencia específica. Desconfío
            sobre todo de dos soledades especialmente perniciosas, la del historiador y
            la del analista de un derecho vigente, ignorándose recíprocamente ”.  En tal
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            sentido se expondrá, a continuación, la legislación que regula la Libertad
            de expresión en Venezuela, pero no como un dato, sino enmarcada en el
            contexto histórico que la vio  nacer.

                   II. Fuentes materiales y formales del derecho a  la Libertad
                   de expresión:

                   “Fuente”  es  una    palabra  que  se  usa  diariamente.  En  su  más
            correcta acepción, alude a un manantial, es sinónimo de nacimiento, brote
            u origen de algo. En sentido figurado, equivale a principio de algo. Si se
            habla de una fuente de agua, equivale al sitio, el lugar de “dónde brota”
            este líquido. Así las Fuentes del Derecho están referidas al nacimiento,
            brote u origen del Derecho Positivo de un país. En otras palabras,  las
            Fuentes del Derecho son los actos, el órgano, los fenómenos,  entre otros,
            de “dónde  emana el derecho”.

                   Por ello, el estudio de las Fuentes del Derecho sitúa al investigador
            frente al problema  de cómo se produce ese conjunto de normas que integran
            el ordenamiento jurídico. Es también el hecho de determinar dónde y cómo
            los  funcionarios,  operadores  de  justicia,  jueces  y  procesados,  pueden
            encontrar el conocimiento del Derecho, para resolver los casos concretos
            que se les presentan en la realidad. Preguntarse sobre la Fuente de una norma
            de Derecho es buscar, al mismo tiempo, su procedencia y nacimiento.
            6  CF. Paolo, Grossi: El Punto y la Línea ( Historia del derecho y Derecho Positivo
            en la formación del Jurista de nuestro tiempo),  2000, Revista del Instituto de la
            Judicatura Federal, número 6, México D.F, p. 155y ss
            7  Paolo Grossi. Op. cit., p. 160
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