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ANUARIO DE DERECHO. Año 29, N° 29. Enero-diciembre 2012. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 99
a. Para el autor italiano hay una estrecha relación entre
Derecho y civilización. Explica que la historia del Derecho
refuerza en el jurista, la persuasión crucial de que el fenómeno
jurídico pertenece a una dimensión de la civilización, y
civilización, para él, significa historia. Es así como el Derecho
representa un contexto histórico determinado en toda la
riqueza de sus expresiones. Hay que recordar que para la
historia, el método no consiste únicamente en estudiar “el
dato” por el dato, sino ubicarlo en el contexto que lo ha
generado, para imprimirle su vida y sentido. No obstante, el
historiador del Derecho puede liberar al jurista del estudio
del texto normativo, entendido exclusivamente como dato,
puesto que ese estudio cerrado no le permite comprenderlo
perfectamente. De ahí que deba ser situado en su estricto lugar
dentro de la civilización de la cual es expresión.
b. El ejercicio de un diálogo diacrónico, que relativiza los
fundamentos ideológicos en el plano jurídico. Al comparar
el presente y el pasado, el historiador asume un rol y una
presencia crítica. Dice Grossi que el cometido relacionado
con su estatuto epistemológico es el de la relativización, el de
inserir el dato en el regazo de la historia y, así, relativizarlo.
Con estas afirmaciones, el autor no pretende explicar que los
valores sean relativos; se refiere más bien, a que se deben
tomar críticamente “los valores” actuales, que aunque se
presentan como dogmas insalvables, en realidad muchos de
ellos no son más que elementos ideológicos de la época.
c. La recuperación de la unicidad jurídica. Expone el autor que
la separación del Derecho en ramas ha hecho creer que las
especializaciones poseen sus propios fundamentos, aunque,
en apariencia, sean diametralmente distintos entre sí. Por
ejemplo, el Derecho civil parece ser totalmente diferente
del Derecho penal o al militar. A su vez, los científicos
especializados en Derecho proponen principios, conceptos y
procedimientos técnicos distintos en cada rama del mismo.
Grossi aclara que los análisis refinados del civilista, del
mercantilista, del laboralista, del procesalista, del penalista
y demás especialistas del Derecho constituyen, sin género
alguno de duda, una conquista y una meta, pero han hecho
olvidar que la ciencia jurídica es una, por la unidad misma
de sus fundamentos epistemológicos. El historiador puede
recuperar o contribuir a recuperar la unicidad del Derecho,