Page 181 - Anuario29
P. 181
ANUARIO DE DERECHO. Año 29, N° 29. Enero-diciembre 2012. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 201
de Personas; Régimen Prestacional de Pensiones y Otras
Asignaciones Económicas; Régimen Prestacional de Empleo y
Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
3. Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat: Régimen
Prestacional de Vivienda y Hábitat.
La protección al adulto mayor en el nuevo sistema de seguridad
social, que ya no es nuevo, pero se denomina así para distinguirlo
básicamente del seguro social (IVSS) que todavía continúa funcionando,
debe concretarse fundamentalmente a través del Sistema Prestacional
de Salud (Régimen Prestacional de Salud) y el Sistema Prestacional de
Previsión Social, y dentro de este, mediante el Régimen Prestacional de
Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas y el
Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas.
2.1 Régimen Prestacional de Salud: Tiene por objeto “... garantizar
el derecho a la salud como parte del derecho a la vida...” y conjuntamente
con el componente de restitución de la Salud del Régimen Prestacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo, serán gestionados por el Sistema Público
Nacional de Salud, que atenderá tanto a los afiliados cotizantes, como a
los que no lo son sin discriminación alguna (Artículos 52 y 53 LOSSS).
El Sistema Público Nacional de Salud estará conformado
por las estructuras, órganos, programas y servicios que se sostengan
total o parcialmente con recursos fiscales o parafiscales, de manera
descentralizada, intergubernamental, intersectorial y participativa, bajo
la rectoría del ministerio con competencia en salud (Artículo 53 LOSSS),
y se financiará mediante los recursos fiscales y parafiscales representados
por las cotizaciones correspondientes a la salud, los remanentes netos de
capital destinados a la salud y cualquier otra fuente de financiamiento
que determine la ley (Artículo 56 LOSSS). El Régimen Prestacional de
Salud estará bajo la rectoría del ministerio con competencia en salud
(Artículo 57 LOSSS), pero todavía no ha sido dictada la ley especial que
lo regulará.
2.2 Régimen Prestacional de Servicios Sociales al Adulto Mayor
y Otras Categorías de Personas: Es de naturaleza asistencial, pues se
financia mediante impuestos y todos los miembros de la colectividad que
se encuentren en cualesquiera de las situaciones de necesidad previstas en
la Ley de Servicios Sociales, que lo regula, son potenciales beneficiarios.