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Javier González Reinoza. Marco jurídico del ejercicio de la Libertad
122 de expresión en Venezuela (1999 - 2011): un estudio .../ Pp. 97-124
Sin embargo, la acción repetida y generalizada de las autoridades
administrativas relacionadas con las leyes comunicacionales debe ser
tenida en cuenta por los interesados, sobre todo las prácticas relativas
a formalidades menores, tales como llenado de planillas, horarios de
atención y forma de presentación de recaudos y anexos.
También la costumbre jurídica administrativa funciona para
comprender y conocer el desarrollo de las interpretaciones que le ha dado
el órgano rector a las Normas de telecomunicaciones. Los Medios de
comunicación, cuya línea editorial es crítica, denuncian que no existen
prácticas administrativas generales, constantes y uniformes, pues hay
tratos discriminatorios con los Medios de comunicación críticos en
relación con los Medios de líneas editoriales “imparciales” o aquéllos que
pertenecen al llamado Sistema de Medios Públicos.
VI. La Jurisprudencia y la libre expresión en Venezuela
En Venezuela, la Jurisprudencia no es fuente de normas
generales. Si bien una sentencia puede ser invocada para otro caso
similar, ello no obliga al juez a seguir la misma doctrina. Lo anterior
quiere decir que la sentencia no es vinculante, porque los magistrados
no se encuentran obligados a aceptar como última palabra la doctrina
y los principios contenidos en las sentencias anteriores, ni siquiera las
sentencias propias.
Por supuesto que la Jurisprudencia tiene un valor fundamental en
el proceso de construcción del Derecho, posee un valor moral y puede
influir profundamente en el criterio del juez, sobre todo si ésta proviene de
tribunales superiores donde irían las apelaciones y los recursos de casación.
Excepcionalmente, las Sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
son vinculantes, cuando cumplen con los requisitos siguientes:
1. Emanen del TSJ en Sala Constitucional.
2. Versen sobre la interpretación de los contenidos y alcance de la
Constitución.
3. Cumplan con los requisitos formales y materiales de cualquier
sentencia.