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Javier González Reinoza. Marco jurídico del ejercicio de la Libertad
120 de expresión en Venezuela (1999 - 2011): un estudio .../ Pp. 97-124
competencias que le atribuyen a esta comisión, tanto la LOT como en la
Ley RESORTEME.
b.5. El Directorio de Responsabilidad Social en Radio y
Televisión. Integrado casi absolutamente por el Poder Ejecutivo y órganos
del Estado, como se demuestra de su estructura. 29
Del análisis de la integración de los más importantes órganos
de control y seguimiento de la Ley RESORTEME se puede concluir
su absoluta dependencia de las posturas políticas e ideológicas del
Gobierno y que, por tanto, la Ley no garantiza la independencia de
los entes regulatorios de la conducta de los Prestadores de servicios
comunicacionales. A pesar de que se instauraron varios entes regulatorios
con el fin de que implementaran las normas establecidas en la ley, todos
ellos son organismos del Poder Ejecutivo o se encuentran bajo su control.
Este hecho violenta la Constitución y los principios que en materia de
derechos humanos, establece y que se describieron antes; además existe
claramente el riesgo de que los entes regulatorios de los Medios tomen
decisiones violatorias de la Libertad de expresión.
La Ley RESORTEME muestra muchas prohibiciones establecidas
en términos vagos y discutibles, por ejemplo: sanciones por fomentar “la
zozobra en la ciudadanía” o actuar en contra de “las autoridades legítimamente
constituidas”, o “transmitir mensajes “violentos”, “técnicas amarillistas”,
“énfasis en detalles innecesarios”, “promuevan, hagan apología o inciten
al delito”, “promuevan, hagan apología o inciten a alteraciones del orden
público”, entre muchísimas otras que favorecen la posibilidad de someter
la Libertad de expresión en los Medios de comunicación al control del
Gobierno y la autocensura o sanciones arbitrarias.
29 El cual está compuesto por: un Director General de la Comisión Nacional
de Telecomunicaciones, quien lo presidirá, y un representante por cada uno
de los organismos siguientes: el ministerio u organismo con competencia en
comunicación e información, el ministerio u organismo con competencia en
materia de cultura, el ministerio u organismo con competencia en educación
y deporte, el ente u organismo con competencia en materia de protección al
consumidor y al usuario, el Instituto Nacional de la Mujer, el Consejo Nacional
de Derechos del Niño y del Adolescente, un representante por las iglesias, dos
representantes de las organizaciones de los usuarios y usuarias inscritas ante la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones, y un docente en representación de las
escuelas de comunicación social de las universidades nacionales.