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Abdón Sánchez Noguera. Las Medidas Cautelares en el Procedimiento
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            consustanciales  al  instituto  de  la  inyucción;  por  ello,  no  hay  razón
            impediente para admitir cualesquiera medidas innominadas previstas en
            el parágrafo único del artículo 588 del CPC”. )
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                   Pero  luego,  el  mismo  autor,  afirmando  que  “si  ese  análisis  se
            orienta a la práctica forense, encontraremos que luce poco probable la
            procedencia de dichas medidas innominadas”, se aparta de la posición
            inicial, argumentando que si el legislador ha hecho descansar el régimen
            de procedencia de las medidas cautelares, en la naturaleza de la prueba
            instrumental acreditada por el actor, tales medidas quedan limitadas a las
            señaladas en el artículo 646. )
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                   Villarroel  Rión,  comparte  la  tesis  anterior,  advierte  el  carácter
            taxativo  de  las  cautelas  que  pueden  ser  acordadas,  limitadas  a  las  tres
            indicadas, “por lo que… en este caso en particular, no sería procedente el
            pedimento, mucho menos el otorgamiento de cualquier medida del tipo de
            las innominadas” )
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                   El profesor Hender Castillo Rincón, adhiere también esta tesis,
            afirmando que “solo comprenden al embargo, la prohibición de enajenar y
            gravar y el secuestro, los dos primeros cuando se trate de cautelar bienes
            “in genere” o indeterminados propiedad del demandado, para garantizar
            el pago de sumas líquidas y exigibles de dinero o la entrega de cantidad
            cierta de cosas fungibles o su equivalente; y la última, cuando se trate de
            acciones dirigidas a obtener la entrega de cosas muebles determinadas en
            pago del crédito demandado…”. ) Igual criterio fue formulado por Luis
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            Corsi, al preguntarse: “¿Hemos de considerar numerus clausus la lista de
            títulos enunciados por el art. 646, o por el contrario, hemos de entender
            que este artículo sea también, genéricamente, aplicable a otros casos en
            que la demanda se funde en un título que represente o declare un crédito
            no negado?.” Respondiendo: “Hemos de entender más acorde con el tenor
            literal del texto la tesis restrictiva que comparte Satta…”  )
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            3  Pérez  Mouchett  ,  Héctor.  El procedimiento por  intimación,  Editorial  Pierre
            Tapia, Caracas: 1995, pp. 133-134.
            4  Ibid, p. 134
            5   Villarroel  Rión,  Pedro.  Del Procedimiento  Cautelar. De la tercería y Del
            Embargo Ejecutivo, Ediciones Libra, Caracas: 1997, p. 347.
            6   Castillo  Rincón,  Hender.  Las medidas preventivas  en el procedimiento por
            intimación, Eurotip C.A., Maracaibo: 2010, p. 96.
            7   Corsi,  Luis.  Apuntaciones  sobre  el  Procedimiento  por Intimación.  Caracas:
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