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Mora Bastidas, F. El Procedimiento Adminitrativo Sancionatorio y el Sistema de Sanciones
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            cuales  el  empleador  incumpla  con  el  otorgamiento  del  beneficio,
            para lo cual debe observar y acatar, además del contenido del artículo
            4 de la Ley (formas de otorgamiento del beneficio) los supuestos -
            requisitos formales y deberes legales - contenidos tanto en la referida
            Ley de Alimentación como en su Reglamento.
                   c)  En  materia  de  Ley  para  las  Personas  con  Discapacidad:
            también se encuentra incluida una sanción en materia laboral y de
            la seguridad social, específicamente en el artículo 84, cuya multa se
            encuentra  comprendida  entre  cien  unidades  tributarias  (100  UT)
            y mil unidades tributarias (1000 UT), en aquellos casos en donde
            se  infrinja  el  artículo  28,  que  impone  la  obligación  de  incorporar
            a la nómina de las empresas públicas, privadas o mixtas, órganos y
            entes de la Administración Pública no menos de un cinco por ciento
            (5%) de personas con discapacidad permanente, en relación con la
            nómina  total  de  trabajadores.  El  autor  de  la  presente  investigación
            considera  que  este  deber  legal  sobrepasa  y  profundiza  el  principio
            de intervención del Estado en el desarrollo de las relaciones sociales,
            por cuanto condiciona la contratación a las siguientes circunstancias:
            a)  los  cargos  no  pueden  exceder  la  capacidad  de  la  persona  para
            desempeñarlos  y, b) los trabajadores no están obligados a ejecutar
            tareas  que  resulten  riesgosas.  Igualmente,  el  contenido  del  primer
            aparte  del  mencionado  artículo  28,  el  cual  dispone:  «No  podrá
            oponerse  argumentación  alguna  que  discrimine,  condicione  o
            pretenda  impedir  el  empleo  de  personas  con  discapacidad»,  está
            en evidente contradicción con el principio del derecho a la defensa,
            consagrado en el artículo 49 constitucional. Esta sanción, aunque se
            encuentra  dentro  de  la    seguridad  social,  debe  ser  impuesta  por  el
            Consejo Nacional para las personas con discapacidad (artículo 90 de
            la Ley).
                   d) En materia de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
            Medio Ambiente del Trabajo, además de existir responsabilidad civil,
            penal y administrativa se encuentran la siguientes sanciones: 1) leves,
            2) graves, 3) muy graves, e 4) infracciones de las empresas en el Área
            de Seguridad y Salud en el Trabajo; así como la responsabilidad de los
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