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Mora Bastidas, F. El Procedimiento Adminitrativo Sancionatorio y el Sistema de Sanciones
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                   Con la Constitución de 1999 se llevó a cabo un proceso de
            constitucionalización de las normas de rango legal en materia laboral
            (aquellas que se encuentran incluidas dentro de la legislación laboral
            y de la seguridad social), porque como bien lo ha dejado expuesto la
            Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia
            Nº 442 del 23 de mayo de dos mil:
               …  los  derechos  de  estirpe  laboral  se  les  ha  rodeado  de  un  manto
               protector  aun  más  impermeable  del  que  disfrutan  los  derechos
               derivados de otras relaciones jurídicas. Y ello en razón de la siempre
               presupuesta  minusvalía,  indefensión,  subordinación,  debilidad  o
               presunción de incapacidad en que se ha tenido a la fuerza de trabajo
               respecto a los que gerencian los demás factores de producción. …
               (Zuleta, 2006, p. 133).

                   Tomando en cuenta estas disposiciones, la legislación impone
            deberes  a  los  empleadores  y  trabajadores  que  tienen  por  finalidad
            garantizar  el  cumplimiento  de  la  imperatividad  de  las  normas
            de  orden  público  en  materia  laboral  y  de  la  seguridad  social.  Sin
            embargo,   el sistema de sanciones de la legislación laboral pareciera
            haberse orientado solamente a considerar que los empleadores son
            los únicos capaces de violentar las normas de orden público y que los
            trabajadores siempre son los afectados por el incumplimiento de la
            normativa. En este orden de ideas, Marshall (2000), considera que
            existen  unos  efectos  controvertidos  en  los  contenidos  normativos
            de  las  legislaciones    del  trabajo,  fundamentalmente  en  materia  de
            protección  frente  al  despido,  porque  debilita  «…  la  disciplina  y
            el  esfuerzo  laboral  afectando  negativamente  a  la  productividad,
            e impediría la creación de empleo». En tal sentido, se comparte la
            posición de Marshall que al ser contrastada  con la legislación laboral
            y  de  la  seguridad  social,  se  puede  observar  que  en  ocasiones  esta
            excesiva protección puede generar distorsiones y actitudes desleales
            por  parte  de  los  trabajadores,  que  sintiéndose  excesivamente
            tutelados, pueden verse favorecidos ante la ausencia de sanciones en
            aquellos casos donde el incumplimiento de la normativa laboral y de
            la seguridad social, se ocasiona por actuaciones u omisiones de los
            trabajadores. Rodríguez considera que:
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