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Mora Bastidas, F. El Procedimiento Adminitrativo Sancionatorio y el Sistema de Sanciones
88 en la Legislación Laboral y de la Seguridad Social... / pp. 77-106
Con la Constitución de 1999 se llevó a cabo un proceso de
constitucionalización de las normas de rango legal en materia laboral
(aquellas que se encuentran incluidas dentro de la legislación laboral
y de la seguridad social), porque como bien lo ha dejado expuesto la
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia
Nº 442 del 23 de mayo de dos mil:
… los derechos de estirpe laboral se les ha rodeado de un manto
protector aun más impermeable del que disfrutan los derechos
derivados de otras relaciones jurídicas. Y ello en razón de la siempre
presupuesta minusvalía, indefensión, subordinación, debilidad o
presunción de incapacidad en que se ha tenido a la fuerza de trabajo
respecto a los que gerencian los demás factores de producción. …
(Zuleta, 2006, p. 133).
Tomando en cuenta estas disposiciones, la legislación impone
deberes a los empleadores y trabajadores que tienen por finalidad
garantizar el cumplimiento de la imperatividad de las normas
de orden público en materia laboral y de la seguridad social. Sin
embargo, el sistema de sanciones de la legislación laboral pareciera
haberse orientado solamente a considerar que los empleadores son
los únicos capaces de violentar las normas de orden público y que los
trabajadores siempre son los afectados por el incumplimiento de la
normativa. En este orden de ideas, Marshall (2000), considera que
existen unos efectos controvertidos en los contenidos normativos
de las legislaciones del trabajo, fundamentalmente en materia de
protección frente al despido, porque debilita «… la disciplina y
el esfuerzo laboral afectando negativamente a la productividad,
e impediría la creación de empleo». En tal sentido, se comparte la
posición de Marshall que al ser contrastada con la legislación laboral
y de la seguridad social, se puede observar que en ocasiones esta
excesiva protección puede generar distorsiones y actitudes desleales
por parte de los trabajadores, que sintiéndose excesivamente
tutelados, pueden verse favorecidos ante la ausencia de sanciones en
aquellos casos donde el incumplimiento de la normativa laboral y de
la seguridad social, se ocasiona por actuaciones u omisiones de los
trabajadores. Rodríguez considera que: