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100                       Bianchi Pérez, P. Justificación de la Intervención Penal para la Tutela
                                             de los Derechos de la Propiedad Industrial / pp. 93-113


               Derecho  penal  eficaz  y  transparente,  basado  en  la  legalidad,
               responsabilidad  y  credibilidad,  guardián  de  las  garantías
               individuales  básicas,  ajeno  a  cualquier  tentación  que  intente
               colmar, en palabras de QUELOZ, ‘el déficit de seguridad por
               un déficit democrático’(Iglesias, 2001, p. 1.472).

                   A  partir  de  la  premisa  anterior,  se  comparte  el  criterio  de
            Herzog, quien advierte que no se debe caer en una política criminal
            emotiva,  pues  «El  encarnizado  ataque  jurídico  penal  contra  los
            síntomas  de  desorganización  social,  por  lo  demás,  sólo  calma  los
            miedos de la población a corto plazo, pero a la larga aumenta la crisis
            de confianza en el Estado» (s.f, pp. 54-55).

                   En consideración de todo lo expuesto, puede quedar en duda
            la  vigencia  del  principio  de  intervención  mínima,  y  justamente  los
            delitos relativos a la propiedad industrial podrían ser ubicados en la
            zona de difícil justificación en el referido conflicto entre expansión
            del Derecho penal y Derecho penal garantista. Por ese motivo, debe
            hacerse un esfuerzo particular para fundamentar convincentemente
            la intervención penal en este ámbito, a fin de sustentar la aseveración
            de  que  los  tipos  penales  mediante  los  cuales  se  sancionan  los
            comportamientos  de  mayor  gravedad  y  referidos  a  derechos
            industriales registrados, no se ubican en la zona expansiva de conflicto
            del Derecho penal.


             imPortaNCia  dE la ProPiEdad iNdUStrial

                   Al abordarse el tema de la justificación de la protección penal
            de un determinado bien jurídico se deben tener presentes, tal y como
            lo destaca García Rivas (1996, p. 55), siguiendo a Mayer, dos aspectos
            completamente  diferenciados:  En  primer  término,  se  requiere
            precisar el merecimiento de protección, es decir la relevancia que en el
            ámbito social tiene un determinado bien para ser merecedor de tutela
            jurídica. Este primer aspecto es común a todos los bienes legalmente
            protegidos, con independencia de la esfera jurídica en cuyo marco se
            acuerde  su  tutela  (civil,  administrativa,  penal,  etc.).  Efectuado  este
            primer análisis, se debe concluir si se justifica elevar a ese bien, digno
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