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ANUARIO DE DERECHO. Año 26, N° 26. Enero-diciembre 2009. Mérida-Venezuela.   71
            ISSN:0076-6550.


            conjunto de instituciones democráticas de amplia evolución histórica,
            pues la fuerza de sus elementos de validez (en el marco del Estado
            democrático  actual)  fundantes  de  los  procesos  de    legitimación  de
            la capacidad vinculativa del Estado y de la necesaria relación entre
            sus  órganos  determinará  la  madurez  de  las  instituciones  político
            jurisdiccionales en cuanto a su capacidad de respuesta ‘inéditamente
            eficaz’ a los conflictos que se presentan en la sociedad venezolana y,
            desde luego, los conflictos interorgánicos como el caso (tratado en
            la  Sentencia  aquí  referida)  de  la  delimitación  de  los  esquemas  de
            actuación de la Contraloría General de la República respecto de la
            integración de los jurados para la elección de los contralores de los
            Estados.

                   Sin embargo, lo anterior representa propósitos de dirección
            y sentido contrarios a los contenidos de razonamiento establecidos
            por los Magistrados de la Sala Constitucional del TSJ en la Sentencia
            N° 634. Propósitos no cumplidos debido a que, aunque en supuesto
            de  razón  estos  contenidos  de  razonamiento  están  fundados  en  la
            aceptación y utilización de las demandas normativas del positivismo
            jurídico, se presentan como propósitos pertenecientes a una situación
            jurídico  política  de  transición  que  contextualiza  históricamente  el
            nacimiento  de  la  V  República  Venezolana,  donde  a  menos  de  una
            década de iniciado  el proceso  de reconstrucción institucional  los
            vacíos  del ordenamiento permiten una amplia gama de incompletitudes
            en  el  sistema  jurídico,  que  deben  ser  llenados  por  un  Magistrado
            que  entienda  la  inconsistencia  de  la  legislación  en  sus  propios
            grados  y    cualidades  jurídico-normativos,  al  tiempo  que,  luego  de
            entenderla  jurídicamente, disponga de un conjunto de herramientas
            que le permitan abordar las distintas controversias de jerarquía y de
            capacidad  interna  de  los  argumentos  de  la  interpretación  en  casos
            ordinarios y en casos difíciles, procurando encontrar siempre, aparte
            de la Justicia que debe  contener  la decisión (exigencia interna  y ad
                                                                       1
            intra  el ordenamiento), los elementos de legitimidad y eficacia que
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            1  Interna en el sentido de contenido expreso de las normas.
            2  Ad intra en el sentido de comunicación internormativa y de exigencias del derecho
            como sistema de cohesión social.
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