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70 Rodríguez Salón, R. Consideraciones Generales Respecto de las Fuentes y Fundamentos de las
Razones de la Justificación y de la Motivación de las Sentencias... / pp. 65-89
6.- Las demás que establezcan esta Constitución y la ley.
(Destacado propio)
2.- Estrategia metodológica
Como se verá más adelante, en dicha Sentencia existen
justificaciones de aparente suficiencia de la validez y legitimidad de razón
jurídica que sirven de fundamento a la motivación de la decisión y
están dirigidas a establecer una línea jurídica general que demarque
las fuentes y los controles del razonamiento jurídico de la decisión
construida por los Magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia (en lo que sigue TSJ); una aparente suficiencia
que, como se verá, aparece establecida sobre fundamentos jurídicos
axiomáticos e inherentes al razonamiento mismo que parte de estos
axiomas, fundamentos que se materializan a través del apego irrestricto
e irrestringible (al menos en términos normativos y epistemológicos)
al núcleo prescriptivo del ordenamiento jurídico positivo y que, sin
embargo, en la generalidad de las razones que forman la motivación de
la sentencia anteriormente citada intentan –sin lograrlo- sobrepasar
los límites epistemológicos y de razón jurídica presupuestos por aquél
núcleo prescriptivo del ordenamiento jurídico positivo.
El apego a la línea de razón jurídica del positivismo sobre
el que se encuentra fundado el ordenamiento normado impone, en
términos epistemológicos, que la fuente de las razones de justificación
debe fundarse en las premisas del contenido legislado y normado del
ordenamiento jurídico positivo, esto es, debe fundarse en las premisas
de sus posibles conflictos de capacidad interna de interpretación
(es interna en tanto parte sólo de las posibilidades que, en estricto
sentido, permite el ordenamiento normativo) y en las preeminencias
(preferencias o jerarquías) posibles de una interpretación sobre otra
dentro del mismo ordenamiento.
De la metodología que se adopte para la resolución jurídica
de estos posibles conflictos depende la solidez del esquema de decisión
jurídico-positivo creado, utilizado, ejecutado y soportado por un