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Procedimientos Administrativos Agrarios

              Las oficinas regionales de tierras sustanciaran las solicitudes de cartas agrarias
          y luego remitirán al Directorio del Instituto Nacional de Tierras quien decidirá lo
          conducente. La decisión del Directorio sobre si otorga la carta agraria o no, agota
          la vía administrativa. En el caso de negativa podrá intentarse recurso contencioso
          administrativo de nulidad dentro de los 60 días continuos a la notificación.
              Lo que se pretende con las cartas agrarias es regularizar la ocupación precaria
          de los campesinos para proceder posteriormente a la adjudicación de tierras.

          Beneficios de las cartas agrarias

          •    Autoriza provisionalmente la permanencia de las comunidades campesinas
              en el lote de terreno determinado en el documento.

          •    Convierte  a  los  campesinos  en  beneficiarios  directos  de  las  políticas  e
              incentivos agrarios, para el desarrollo rural sustentable.
         •    Ofrece al agricultor un derecho preferente en el otorgamiento de créditos para
              el sector agrícola por parte de las instituciones por parte de las instituciones
              financieras públicas.
         •    Contempla la solicitud de protección a los órganos de seguridad de la Nación,
              previa coordinación con el Instituto Nacional de Tierras.

          Requisitos

          •   Ser venezolano.
              • Manifestación de voluntad contentiva del compromiso de trabajo de la
              tierra a ocupar.

          •   Llenado de la planilla de solicitud de Carta Agraria.

          •   Identificación  completa  del  solicitante,  nombre,  apellido,  número  de
              cédula  de  identidad,  lugar  y  fecha  de  nacimiento  y  domicilio  actual.
              •  Identificación  de  la  parcela  indicando  actividad  agrícola  desarrollada.
              • Llenado de la planilla de estudio socioeconómico.

           Fuente: [En línea]. Disponible en: htpp://www.omto.org.ve





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