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La Tarjeta de Crédito. Análisis Doctrinario
Artículo 40.- “A los consumidores se les deberá proporcionar mecanismos
fáciles y seguros de pago, así como información acerca del nivel de seguridad
de los mismos, indicando suficientemente las limitaciones al riesgo originado
por el uso de sistemas de pago no autorizados o fraudulentos, así como medidas
de reembolso o corresponsabilidad entre el proveedor y el emisor de tarjetas de
crédito.
Los pagos por concepto de compras efectuadas a través de comercio
electrónico serán reconocidos por parte del proveedor mediante facturas u otras
expresiones que se enviarán al consumidor para su debido control.
Los proveedores estarán obligados a mantener un registro electrónico o por
otros medios de estos pagos, con su respaldo de seguridad respectivo, durante
el tiempo que establezcan las leyes respectivas, luego de la realización de la
compra” (2004: p.17)
Artículo 47.- “El proveedor de bienes o el prestador del servicios esta
obligado a entregar factura o comprobante, que documente la venta, salvo
disposición en contrario...” ((2004: p.19)
Artículo 81. “Se entenderá como contrato de adhesión, a los efectos de
esta ley, aquel cuyas cláusulas han sido aprobadas por la autoridad competente
o establecidas unilateralmente por el proveedor de bienes o servicios, sin que
el consumidor pudiera discutir o modificar substancialmente su contenido al
momento de contratar. La inserción de otras cláusulas en el contrato no altera
la naturaleza descrita de contrato de adhesión.” (2004: p.32 - 33)
3.4. Ley del Banco Central de Venezuela. Gaceta Oficial Número
5.606 De 18/10/2002.
Artículo 7.- “Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco
Central de Venezuela tendrá a su cargo las siguientes funciones: Ord. 3. Regular
el Crédito y las tasas de interés del sistema financiero” (2002: p.4 - 5)
Artículo 49.- “El banco Central de Venezuela es el único organismo
facultado para regular las tasas de interés del sistema financiero. En el ejercicio
de tal facultad podrá fijar las tasas máximas y mínimas que los bancos y demás
instituciones financieras, privados o públicos regidos por la Ley General de
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