Page 42 - Anuario25
P. 42
Alvarado M.
Artículo 3.- “Quedan sujetos a las disposiciones de la presente ley, todos
los actos jurídicos celebrados entre los proveedores de bienes y servicios y
consumidores y usuarios, relativos a la adquisición y arrendamiento de bienes, a
la contratación de servicios públicos o privados y cualquier otro negocio jurídico
de interés económico para las partes” (2004: p.3)
Artículo 18.- Las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la
comercialización de bienes y a la prestación de servicios públicos, como las
instituciones bancarias y otras instituciones financieras, las empresas de
seguros y reaseguros, las empresas operadoras de las tarjetas de crédito, cuyas
actividades están reguladas por leyes especiales, así como las empresas que
presten servicios de interés colectivo de venta, y abastecimiento de energía
eléctrica, servicio telefónico, aseo urbano, servicio de venta de gasolina y
derivados de hidrocarburos y los demás servicios, están obligadas a cumplir
todas las condiciones para prestarlos en forma continua, regular y eficiente”
(2004: p.10)
Artículo 31.- “Se entiende como comercio electrónico a los efectos de
esta ley, cualquier forma de negocio, transacciones comerciales o intercambio
de información con fines comerciales, que sean ejecutadas a través del uso de
tecnologías de información y comunicación. Los alcances de la presente ley son
aplicables únicamente al comercio electrónico entre proveedor y consumidor o
usuario y no en transacciones de proveedor a proveedor” (2004: p.14)
Artículo 37.- “En las negociaciones electrónicas, el proveedor deberá
garantizar la utilización de medios necesarios que permitan la privacidad de los
consumidores o usuarios que hagao uso de los bienes o servicios ofertados por
cualquier medio electrónico, así como la confidencialidad de las transacciones
realizadas en forma tal que la información intercambiada no sea inteligible para
terceros no autorizados que tengan acceso a ella voluntaria o accidentalmente.
A este respecto, debe señalarse de manera suficiente los fines para los cuales
el proveedor utilizara esta información a terceros no relacionados con el negocio,
y bajo qué circunstancia pudiera darse este supuesto. Asimismo, los proveedores
en las relaciones comerciales que se lleven a cabo a través de la utilización de
medios electrónicos, podrán utilizar cualquier vía para garantizar la privacidad
y confidencialidad de las relaciones, la cual deberá encontrarse ampliamente a
la disposición de los consumidores o usuarios” (2004:p.16)
Anuario de Derecho 52