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Un estudio sucinto del sistema de los Recursos Administrativos en el...
El segundo tipo de recurso - «los recursos especiales» - , deben en revancha
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ser establecidos imperativamente por una norma legislativa o reglamentaria .
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A diferencia de los recursos administrativos de derecho común los recursos
administrativos especiales están generalmente sometidos a formalidades para su
instrucción . En consecuencia, condiciones de interés, de forma y de lapso son
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exigidas para su presentación. “Aquellos que desean ejercer un recurso especial
deben ajustarse a estas condiciones so pena de que su reclamación sea declarada
inadmisible y este no pueda conservar, a este respecto, el lapso para ejercer el
recurso contencioso” . Estas condiciones varían según sea el tipo recurso y
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según sea las normas que los regulan. Este hecho dificulta y complica el ejercicio
de este tipo de recurso. Es necesario observar y respetar las normas así que el
procedimiento establecido caso por caso. En el estado actual esos recursos son
numerosos y existen en materias muy diversas . Esta es la razón por la cual es
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imposible hacer un análisis sistemático y general .
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39 Según D. Truchet, un recurso administrativo es especial cuando está previsto por un texto. Esos
recursos pueden ser clasificados en cuatro categorías: - Los recursos especiales graciosos que
son aquellos que están dirigidos al autor de la decisión; - Los recursos especiales jerárquicos
que son aquellos que están dirigidos al superior jerárquico del autor de la decisión; -Los
otros recursos o recursos de control que son aquellos dirigidos a una autoridad que dispone
del poder de reformar las decisiones de una autoridad administrativa sin ser ni su superior
jerárquico ni la autoridad de tutela. En « Recours administratifs », op. cit., pp. 11-12.
40 CE, 6 janvier 1995, Assemblée territoriales de la Polynésie française, Rec., p. 10.
41 D. Desgrées indica que la determinación de un recurso especial puede sustentarse sobre
diversos elementos. Este puede sustentarse sobre las condiciones de admisibilidad del
recurso (forma, lapso de presentación, determinación de las categorías de personas a quien el
recurso especial está abierto). Éste puede resultar también de la designación de una autoridad
competente específica, generalmente colectiva, o de prescripciones relativas a la instrucción
del recurso. Este puede finalmente deducirse de los poderes de la autoridad que decide y de
las consecuencias del recurso. En Droit des Relations de l’administration avec ses usagers, op.
cit., p. 508-509.
42 Ibid., p. 522.
43 Para mayor una información sobre la diversidad de los recursos administrativos especiales,
Cf. D. Truchet, «Recours administraif., op. cit., No. 101-144, pp. 13-16. Puede consultarse
igualmente, E. Prévédourou, Les recours administratifs obligatoires: Étude comparée des
Droits Allemand et Français, LGDJ, 1996, p.p 114- 149, quien presenta un censo de los
principales recursos administrativos obligatorios en el derecho francés .
44 Esta dificultad está bien remarcada por la doctrina. Especialmente Cf., D. Truchet, «Recours
administratifs», op. cit., p.22 ; P. Subra, «Los recursos administrativos en el Derecho Francés»,
Anuario de Derecho 189