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ANUARIO DE DERECHO. Año 30 N° 30. Enero-diciembre 2013. Mérida-Venezuela. 23
ISSN:0076-6550.
receptividad las corrientes jurídicas que acompañan a la globalización.
Por su puesto, estas corrientes jurídicas se originan en la concepción eu-
rocéntrica del derecho (De Sousa, 1998). Es una tendencia de carácter
histórico, los países de la región emancipados de la dominación españo-
la y portuguesa, basados en el espíritu del derecho romano y por influjo
del código napoleónico desarrollaron una cultura jurídica que se expresa
materialmente en un modelo de ordenamiento jurídico conformado por
normas estatales, codificadas y escritas. Por eso, el positivismo jurídico
fue rápidamente asimilado en América Latina, del mismo modo como se
asimilan las corrientes jurídicas predominantes en la actualidad. Inclu-
so es lo que puede explicar, el hecho de que se incorporen principios y
normas como si fueran agregados al ordenamiento jurídico nacional que
carecen de eficacia social, y que cuesta ser comprendidos por los propios
operadores jurídicos.
Son varios los procesos que operan a favor de la globalización jurídica y
que específicamente en América Latina han encontrado un campo pro-
picio para proliferar, algunos con mayor eficacia que otros, pero todos
presionando hacia la superación de la jurisdicción estatal a favor de las
condiciones que favorecen la economía transnacional, libre mercado
mundial, y la internacionalización de los derechos humanos.
Entre estos procesos se pueden señalar el derecho supranacional que
surge producto de los procesos de integración regional, pero también la
legislación mercantil internacional que está relacionada con la tradición
jurídica anglosajona y se comporta como un tipo de derecho paralelo y
autónomo frente a los derechos nacionales de América Latina, con la pre-
tensión de tener validez universal para garantizar intercambios comer-
ciales seguros y predecibles, trasladando la seguridad jurídica del ámbito
nacional al contexto internacional. De esta manera, los acuerdos comer-
ciales son cada vez más complejos e incorporan normas para su adminis-
tración, aplicación y solución de controversias, donde un tribunal arbitral
internacional decide cuál de las partes tiene razón, y los sistemas jurídicos
nacionales actúan para garantizar el cumplimiento de lo sentenciado.
Para el desarrollo de la legislación financiera en América Latina, influyen
más las organizaciones internacionales como el Banco Mundial, el Banco