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ANUARIO DE DERECHO. Año 30 N° 30. Enero-diciembre 2013. Mérida-Venezuela.   21
            ISSN:0076-6550.
            turas jerárquicas y territoriales de poder, legitimadas socio-políticamente
            para ejercer el monopolio de la violencia y por ende obligar al cumpli-
            miento de su producción jurídica. Desde el punto de vista jurídico, la glo-
            balización se expresó como un proceso en el que los Estados se vieron
            obligados a disminuir su jurisdicción sobre la economía y las comunica-
            ciones, cediendo espacios de soberanía a favor de actores de carácter su-
            pranacional y transnacional.


            El impacto de la globalización en los sistemas jurídicos latinoamericanos
            supone situaciones jurídicas bastantes sui generis en relación al contexto
            nacional en cada país. Desde el punto de vista jurídico, la cuestión funda-
            mental del impacto de la globalización implica que se debieron dar como
            respuesta replanteamientos profundos de los fundamentos y estructuras
            de los Estados, repercutiendo en la cultura y los ordenamientos jurídi-
            cos positivos de los países de la región. En relación a la globalización el
            derecho se convirtió en uno de los principales medios de articulación
            de las economías nacionales, los sistemas políticos y la vida cotidiana a
            las exigencias de la racionalidad económica, la razón tecno-científica y
            la cultura de consumo (Guardiola-Rivera y Sandoval, 2005; De Julios-
            Campuzano, 2007).


            En todos los países latinoamericanos se dieron una serie de cambios legis-
            lativos orientados por los valores del rendimiento, la eficiencia y la com-
            petitividad, legalizando los correspondientes desequilibrios financieros,
            sociales y ecológicos que se generaron en detrimento de los principios de
            la dignidad humana, la democracia y la justicia social.

            En la medida en que la globalización acentuó las desigualdades y la ex-
            clusión social en América Latina, conllevó a un replanteamiento en la
            relación entre pensamiento jurídico y moral en el proceso de fundamen-
            tación de la actividad legislativa. Por lo que, el positivismo como paradig-
            ma jurídico hegemónico se ha visto invalidado por las nuevas realidades
            sociales. De este modo, la producción legislativa se ve afectada por el
            proceso general de deterioro de la legalidad que sufren los Estados en la
            región, debido a que la producción legislativa estatal se viene desenvol-
            viendo entre el repliegue del Estado frente a las fuerzas económicas de
            la globalización, el intervencionismo en función del principio de la dig-
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