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ANUARIO DE DERECHO. Año 29, N° 29. Enero-diciembre 2012. Mérida-Venezuela.
            ISSN:0076-6550.                                               93



                                   CONCLUSIONES

                   Como  se  ha  señalado  en  el  texto,  muchos  de  los  fenómenos
            humanos incluyendo los de carácter médico-biológico, están dentro de la
            esfera de regulación del Derecho. Es por ello, que hechos fisiológicos y
            completamente normales, como es el caso de la gestación, repercuten en
            el Ordenamiento Jurídico Positivo Venezolano.

                    Sin embargo, las disposiciones legales que conciernen al embarazo
            se encuentran dispersas en varios instrumentos normativos, de manera que
            los  mismos  deben  ser  revisados  exhaustivamente. Asimismo,  se  puede
            acotar que la apresurada producción legislativa que actualmente vive el
            país, dificulta de manera considerable la labor de los médicos y abogados
            estudiosos de esta materia.

                    Por  otro  lado,  hay  que  hacer  referencia  de  los  avances  de  la
            ciencia y la tecnología que superan a la elaboración de normas que regulen
            oportunamente  una  serie  de  circunstancias  que  se  presentan  alrededor
            del embarazo, tales como: la fertilización medicamente asistida, madres
            subrogadas, bancos de esperma, abortos, entre otras.

                    Es por ello que el interés suscitado al complejo estudio en relación
            al embarazo, desde la perspectiva medicolegal, llama la atención de los
            profesionales de la medicina y del derecho, para la búsqueda de una mejor
            adaptación de las definiciones tanto médicas como jurídicas y así tener una
            adecuación y entendimiento de este estado fisiológico de la mujer y del
            producto de la gestación que tienen gran repercusión en el ámbito jurídico.

                   Para finalizar, se espera cumplir con las exigencias del público lector
            a través de las nociones  médicas, legales y doctrinales de este artículo.

                                    REFERENCIAS


            - Alvarado, E. (1991). Medicina Forense y Deontología Médica.
            Editorial Trillas S.A de C.V. México:

            - Asamblea Constituyente de la República Bolivariana de Venezuela.
            (1999). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
            Primera enmienda aprobada el 15 de Febrero de 2009.  Gaceta
            Oficial Número 5.908. Ext. Caracas, 19 de Febrero de 2009.
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