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ANUARIO DE DERECHO. Año 28, N° 28. Enero-diciembre 2011. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 165
colectividad como respetuosos y fieles a las normas. En esta propuesta, la
sociedad es entendida como una estructura orgánica que se rige por sus
normas orientadas en función de su supervivencia.
En la perspectiva orientada a la protección de la vigencia de la
norma, el fin del Derecho Penal es asegurar las expectativas que orientan
al hombre en el trato social generando confianza de que todo funcionará
conforme al orden estatuido. La sociedad se sigue entendiendo en esta
perspectiva como un sistema que tiene pretensiones de sobrevivir. El
delito, no será sino la agresión al sistema en general. Tal agresión se traduce
en crear la expectativa de que la vigencia real de las normas ya no está
presente. A esta perspectiva de la prevención general positiva se asocia el
completo desinterés del Derecho Penal por proteger bienes jurídicos, lo
que se explica porque al Derecho Penal, en esta posición, no le interesa
dirigir el comportamiento de los sujetos sino sólo asegurar expectativas
creadas en función de orientar a los ciudadanos en su trato social. En esta
lectura de la prevención general positiva, el sistema, visto como un todo,
sigue estando por encima del individuo, pues su función se orienta hacia
su mantenimiento y pervivencia, por lo que la orientación proteccionista
está enfocada a la vigencia de determinadas expectativas de conductas
establecidas en las normas.
En el marco de esta propuesta la norma será la expresión
formalizada y simbólica de la expectativa, la pena se impone en función
de garantizar la vigencia de la norma como modelo de conducción en la
vida social y el Derecho es un sistema que persigue mantener la confianza
de que todos los involucrados en el «tráfico social» adecuarán su
comportamiento a la norma. Ahora bien, en relación a ello cabe la siguiente
reflexión: ¿La función del Derecho Penal, propuesta en esta visión de la
prevención general positiva, se logra mediante qué mecanismo? ¿No será
mediante la dirección de funciones? Sucede que la expectativa que genera
la norma penal no es una oferta vacía, está orientada a algo, promete
algo a lo que hay que llegar (thelos) y para ello debe servirse de algún
instrumento.
En principio se piensa que con esta propuesta lo que se protege
es la norma, sin embargo, al revisar en detalle el fondo del planteamiento