Page 82 - Anuario25
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Beltrán K.

          •   Propuestas de adaptación a los planes y lineamientos establecidos por el
              Ejecutivo  Nacional,  cuando  las  tierras  no  se  encuentren  ajustadas  a  esos
              planes.

          •   Información sobre la situación socioeconómica del propietario u ocupante.
          •   Copia certificada de los documentos o títulos suficientes que acrediten la
              propiedad u ocupación ( sentencia de fecha 4 de noviembre de 2003, Sala
              Constitucional )

          •   Constancia  de  Inscripción  en  el  Registro  Agrario  y  cualquier  otra
              documentación que estime pertinente el INTI.
              Luego del recibo de la solicitud de certificación de finca productiva dentro
          de los 30 días hábiles siguientes, el Instituto Nacional de Tierras constatará la
          veracidad  de  los  recaudos  (Art.  43  LTDA),  y  de  ser  procedente  entregará  el
          certificado de finca productiva ( Art.44 LDTA)
              Duración del certificado de finca productiva:

               Dos años contados desde su expedición pudiendo ser renovado. El Instituto
          Nacional de Tierras llevará el registro de todas las tierras que se les otorgue el
          certificado de finca productiva.

              Negativa a la solicitud del certificado de finca productiva
              Notificación al interesado de la negativa del certificado de finca productiva:

              Notificación personal: concediéndole un lapso de 20 días hábiles para que
              solicite el certificado de finca mejorable.
              Notificación  por  carteles:  en  caso  de  resultar  impracticable  la  citación
              personal, se notificará en un diario de la localidad y se entenderá notificado
              15 días después de la publicación del cartel. (Art. 75y 76 de la Lopa.).
              En caso contrarío que el ocupante o propietario no realice la solicitud del
          certificado de finca mejorable dentro de los términos antes planteados luego de
          ser notificado, el Instituto Nacional de Tierras podrá declarar las tierras ociosas.
              Ahora bien, si el solicitante conviene en reconocer las tierras como ociosas y
          opta por solicitar el certificado de finca mejorable de conformidad con lo previsto




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