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Dàvila, Wilfredo y Moreno, Marlid. Recursos del contribuyente contra las actuaciones de la
160 administracion tributaria / pp. 159-183
1.INTRODUCCIÓN
La administración tributaria es la institución facultada para realizar todas
las actividades necesarias en materia tributaria, permitiéndole ejercer las
funciones de control fiscal realizando procedimientos de fiscalización y
determinación de la obligación tributaria.
Estos procedimientos buscan comprobar la veracidad de la información
presentada por el contribuyente para la liquidación del impuesto que le
corresponde. En cumplimiento del principio de la buena fe; sin embargo
el contribuyente también espera de la administración, que sus actuacio-
nes sean legítimas y transparentes.
Cuando la administración comprueba que lo declarado por el sujeto pasi-
vo no está apegado a la realidad, es decir, las omisiones e inconsistencias
en la información presentada afectan la capacidad contributiva o declara-
ción del mismo; el funcionario autorizado procede a levantar un informe
que contenga los hechos omitidos, a fin de establecer las multas y sancio-
nes que correspondan al ilícito cometido.
Sin embargo la administración no está libre de cometer equívocos, pues-
to que durante sus procedimientos fiscales puede incurrir en errores de
cálculo o incumplimiento de requisitos formales que menoscaben la le-
galidad del acto y en consecuencia afecte el patrimonio del administrado.
Cuando el organismo de administración fiscal incurre en hechos que
limiten la buena fe y veracidad de sus actos, o los funcionarios que la
representan incumplen sus funciones abusando de sus potestades, de-
fraudando los principios que rigen su funcionamiento; el contribuyente
tiene la oportunidad de la recurribilidad de esos actos; interponiendo los
recursos establecidos en la ley, ya sea en vía administrativa o judicial, que
le permiten actuar contra las providencias emitidas por la administración
que lesionen sus derechos.
Para ejercer el control sobre las decisiones de la Administración Tribu-
tarias que se encuentran viciados, se contempla los recursos administra-
tivos. Los recursos establecidos en la ley para hacer frente a las actuacio-
nes fuera de derecho de la Administración Tributaria, están enmarcados