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Urdaneta, E. La Valoración de la Experticia Psiquiátrica en los Procedimientos
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            (2007, p. 28). Sin embargo, continúa el mismo autor, que con el progreso
            de la medicina, especialmente de la fisiopatología y de las neurociencias,
            «la epilepsia ha pasado a ser una enfermedad neurológica» (p. 28).



                   Bases constitucionales y legales

                   Dentro del marco de la Constitución Nacional de la República
            Bolivariana de Venezuela, se hace especial referencia al derecho a la salud.
            Así pues, Zambrano afirma que éste puede definirse como el «derecho
            de las personas y grupos sociales, a exigir a los órganos del Estado y a
            los grupos económicos y profesionales, que establezcan las condiciones
            adecuadas para que la población pueda alcanzar un estado óptimo de
            bienestar  físico,  mental  y  social»    (2004,  p.  522).  En  este  sentido,  si
            bien no existe un articulado expreso a nuestra materia de estudio en la
            Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), Sánchez
            comenta que «aquellos dispositivos constitucionales que consagran el
            derecho a la salud, están referidos de igual manera a la salud mental, lo
            cual, implica a la Psiquiatría» (1994, p. 21).
                   Dentro  de  las  bases  legales,  se  consiguen  los  siguientes
            instrumentos  normativos:  Código  de  Instrucción  Médico  Forense
            (artículos 123-128 de las afecciones mentales y 133-143 de la experticia
            en el procedimiento civil), el Código de Deontología Médica (artículos
            145-150), Ley del Ejercicio de la Medicina (artículos 46-47), Código
            Civil de Venezuela (artículos 1422-1427 de la experticia y 393-408 de
            la interdicción)  y Código de Procedimiento Civil Venezolano (artículos
            451-471 de la experticia y 733-739 de la interdicción.
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