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Mora Bastidas, F. El Procedimiento Adminitrativo Sancionatorio y el Sistema de Sanciones
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            explotación o faena), d) por el incumplimiento de lo previsto en el
            artículo 35 (informar sobre la suspensión o terminación de la relación
            de trabajo), e) por el incumplimiento de lo previsto en el encabezado
            del artículo 35 (entrega de la planilla de cesantía), f) cuando no se
            permita la inspección por parte de la Tesorería de la Seguridad Social,
            g) en aquellos casos en donde se induzca a error para ser beneficiario
            de  las  medidas  de  incentivo  contempladas  en  el  artículo  28  y  h)
            cuando no se capacite a los trabajadores, de acuerdo con lo previsto
            en el artículo 18.

                   f) En materia de Ley del Seguro Social: En la actualidad existe
            una  «  …  transitoriedad  permanente  del  Sistema  de  Seguridad
            Social»  que  impone  todavía  la  aplicación  de  la  Ley  del  Seguro
            Social  (Mora,  2007)  .  Este  instrumento  jurídico  fue  reformado
            con  ocasión  de  la  Ley  Habilitante  del  2008,  en  donde    el    sistema
            de  sanciones  fue  modificado,  incorporando  en  el  artículo  87  las
            infracciones  leves,  graves  y  muy  graves,  que  ahora  se  encuentran
            tasadas en unidades tributarias de la siguiente manera: a) infracciones
            leves  con  multas  de  veinticinco  unidades  tributarias  (25  U.T);  b)
            infracciones  graves  con  multas  de  cincuenta  unidades  tributarias
            (50 U.T); c) infracciones muy graves con multas de cien unidades
            tributarias  (100  U.T).  Es  significativo  destacar  que  en  el  Decreto
            Ley del Seguro Social, no se encuentra regulado un procedimiento
            administrativo sancionatorio, pues se limita a establecer que « … las
            infracciones administrativas serán sancionadas de conformidad con el
            procedimiento administrativo previsto para la materia en el artículo
            91  … », sin embargo, en el mencionado artículo no se encuentra
            regulado un procedimiento sancionatorio. Al respecto, se considera
            que debe aplicarse el procedimiento contemplado en el artículo 647
            de la Ley Orgánica del Trabajo, aún cuando el artículo 91 remite a los
            procedimientos establecidos en el Código Orgánico Tributario.


                   4. las sanciones a los trabajadores

                   Al  revisar  la  legislación  laboral,  se  evidencia  que  el  sistema
            de sanciones solamente contempla la consagración de un conjunto
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