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ANUARIO DE DERECHO. Año 27, N° 27. Enero-diciembre 2010. Mérida-Venezuela.
            ISSN:0076-6550.                                               19


            Corte Suprema de Justicia,  presidida por la Magistrado H. Rondón
            de Sansó, presenta un nuevo proyecto de ley. Después de la reforma
            constitucional  de  1999,  dos  nuevos  proyectos  fueron  elaborados
            durante el año 2000. Uno de F.  Orlando, quien fuera encargado por
            la Sala Político Administrativa del máximo tribunal, bajo el auspicio
            del  Programa  de  Naciones  Unidas  para  el  desarrollo  (PNUD).   El
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            otro, elaborado por V. Hernández-Mendible  y presentado por ante
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            la  comisión  de  la  Asamblea  Nacional.  El  último  de  los  proyectos
            conocidos  fue  presentado  por  algunos  diputados  de  la  Asamblea
            Nacional,  el  18  de  mayo  de  2004,  el  cual  resultaba  un  documento
            inacabado  e  incompleto  que  fue  aprobado  en  primera  discusión  y
            luego engavetado.
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                   El 15 de diciembre de 2009, la Asamblea Nacional sanciona
            la  tan  esperada  Ley  Orgánica  del  Contencioso  Administrativo,
            promulgada  el  16  de  junio  de  2010   reimpresa  por  error  material
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            el  22  de  junio  de  2010,   con  el  objeto  de  regular  la  organización
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            funcionamiento  y  competencias  de  la  jurisdicción  contencioso
            administrativa.
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                   Un  estudio  comparativo  de  estos  dos  últimos  textos,  con
            especial  referencia  al  contencioso  administrativo  de  nulidad  de  los
            actos administrativos de efectos particulares- nos permitirá mostrar
            si con la promulgación de esta nueva ley se materializan avances en
            materia  de  protección  de  los  administrados,  o  si  por  el  contrario,
            persisten algunas imperfecciones y/o deficiencias que ya habían sido
            denunciados a través de los años por la doctrina calificada.

                   El  sólo  hecho de la aprobación de una  ley  propia  hace  suponer
            que  existe  desde  ya  un  avance  notable  en  la  materia.  No  obstante,
            9  Consultable en: www.cpca.tsj.gov.ve/micelaneas/anteproyectocpca01.html
            10  Consultable en: www.hernandezmendible.com/leycontadm.html
            11  Un primer debate sobre este proyecto tuvo lugar el 25 de mayo de 2004 en la Asamblea
            Nacional aprobado en su primera discusión y luego abandonado. Consultable en: www.
            asambleanacional.gov.ve
            12  Gaceta Oficial Nº 39.447.
            13  Gaceta Oficial Nº 39.451.
            14  Artículo 1.
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