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ANUARIO DE DERECHO. Año 27, N° 27. Enero-diciembre 2010. Mérida-Venezuela.
            ISSN:0076-6550.                                              205


            intereses, por causa del compromiso único que se adoptó al final de la
            Ronda Uruguay (Véase: Richards, 1990; Croome, 1999, pp. 251-256;
            Gerhart, 2000; Drahos & Braithwaite, 2001-2002; Trebilcock & How-
            se, 2005, pp. 409-410 y Drahos, s/f. pp. 10-16) .
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                    La implementación del Acuerdo tampoco ha dejado de estar
            acompañada de tensiones (Véase Drahos & Mayne, 2002). Las dificul-
            tades evidenciadas para revisar el Acuerdo sobre los ADPIC de confor-
            midad con la agenda incorporada;  la ampliación de los espacios mul-
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            tilaterales en los que se discuten las implicaciones del Acuerdo sobre
            los ADPIC para los países en desarrollo tales como la Organización de
            Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Organización
            Mundial de la Salud y la Comisión de Naciones Unidas sobre Derechos
            Humanos; así como los acuerdos políticos que - a iniciativa de los paí-
            ses en desarrollo y no sin dificultad- han debido adelantarse en el pro-
            pio seno de la OMC para dar respuesta a algunas de las consecuencias
            derivadas  del  Acuerdo  en  aspectos  relacionados  con  las  políticas  de
            salud pública y acceso a medicamentos esenciales,  dan cuenta de que
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            el Acuerdo sobre los ADPIC continua siendo uno de los tratados más
            controvertidos del sistema normativo OMC.


            4  Gerhart  describe  y  sintetiza en  dos categorías las versiones sobre las causas que per-
            mitieron el desbloqueo para llegar al Acuerdo sobre los ADPIC, a saber: the coerción story
            y the contractual story. Según la primera, los países en desarrollo habrían cedido en sus
            posiciones por causa, fundamentalmente, de las amenazas del unilateralismo comercial
            estadounidense; con base en la segunda, sería el resultado de algunas compensaciones
            hechas para los países en desarrollo en los aspectos relativos al acceso de mercados de
            mercancías de importancia estratégica para algunas de sus economías (2000, pp. 368-
            370). Sin soslayar la importancia de los factores de coerción que estuvieron presentes y
            se encuentran suficientemente documentadas en la literatura, una situación intermedia
            se presenta más próxima a la realidad.
            5  Agenda  incorporada en los artículos 23, 3, 27.3. b) y 71.1 del Acuerdo  sobre  los
            ADPIC.
            6  Tal es el caso de la Declaración Ministerial de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y
            la Salud Púbica del año 2001;  la posterior Decisión del Consejo General  sobre la Apli-
            cación del párrafo 6 de la declaración de Doha relativa al acuerdo sobre los ADPIC y la Salud
            Pública del año 2003; así como la Decisión del Consejo General que aprueba el Protocolo
            de Enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC del año 2005. Este último se encuentra abierto
            a la aceptación por parte de los países miembros. El plazo previsto para las aceptaciones
            ha sido objeto de dos prórrogas, siendo la última hasta el 31 de diciembre de 2011.
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