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ANUARIO DE DERECHO. Año 27, N° 27. Enero-diciembre 2010. Mérida-Venezuela.
ISSN:0076-6550. 203
LAS FLEXIBILIDADES DEL ACUERDO
SOBRE LOS ADPIC: LAS EXCEPCIONES
A LOS DERECHOS DE PATENTES
KAriNa RAmÍrEZ dÍaZ
Abogada y Especialista en Propiedad Intelectual, Universidad de Los Andes
(ULA), Venezuela. Doctora en Derecho, Universidad de Barcelona, España.
Profesora Asociada e investigadora de la ULA Núcleo«Rafael Rangel», Truji-
llo-Venezuela. Correo electrónico: karinara@yahoo.com
Recibido: 14/06/2010
Aceptado: 15/10/2010
resumen
Uno de los debates que ha acompañado al Acuerdo sobre los Aspectos de los
Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC)
gira en torno al margen de autonomía nacional resultante de las obligaciones
y compromisos adquiridos con el tratado, para la implementación de políticas
públicas dirigidas a la protección de otros intereses sociales distintos a los de
la protección de la propiedad intelectual. El artículo 30, relativo a las excepcio-
nes a los derechos conferidos a los titulares de patentes, es una de las disposi-
ciones del tratado que permite configurar ese espacio de autonomía normativa
nacional. Este documento pretende aproximarse al estudio de sus condiciones
de aplicación, a la luz de las interpretaciones desarrolladas por el Órgano de
Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio.
Palabras claves: ADPIC, excepciones, patentes.
THE FLEXIBILITIES UNDER THE TRIPS AGREEMENT:
THE EXCEPTIONS TO PATENT RIGHTS
abstract
One of the debates that has accompanied the Agreement on Trade Related As-
pects of Intellectual Property Rights (TRIPS) refer to the margin of national
autonomy to implement public policies to protect other social interests than
those of intellectual property. Article 30 TRIPS, concerning exceptions to the
rights granted to patent holders, is one of the provisions that trace some space
to national normative autonomy. This paper aims to approach of the study of