Page 185 - Anuario27
P. 185

Uzcátegui Angulo, A. y Aguilar Castro, V. Derechos Indígenas y Propiedad Intelectual
            196                          Colectiva en Venezuela. Caso del Pueblo Pemon / pp. 161-201.



            de  los  ocho  (8)  sectores  del  pueblo  Pemon,  se  entrevisten  con  la
            directora general del SAPI  el día  22 de abril de 2008, con el objeto de
            dar a conocer, en extenso, los bienes intelectuales comprendidos en
            las solicitudes de registro y los fundamentos jurídicos que justifican
            la protección  mediante  el sistema de propiedad intelectual de los
            mapas  mentales y  las marcas como mecanismo de defensa de derechos
            colectivos  de  los  pueblos  y  comunidades  indígenas.  Asimismo,
            para obtener un pronunciamiento sobre la petición de exoneración
            presentada, en virtud del elevado costo que involucran los trámites
            administrativos de registro.
                   La  falta  de  respuesta  oportuna,  lleva  a  que  el  20  de  mayo
            de  2008,  nuevamente  se  presente  solicitud  de  exoneración  ante  la
            directora general, la registradora de marcas y la directora del Registro
            de    Derecho  de  Autor  del  SAPI,  a  fin  de  proceder  a  presentar  las
            solicitudes de registro correspondientes,  solicitud de exoneración que
            se eleva como consulta ante la Procuraduría General de la República,
            respecto de su procedencia.
                   Finalmente, el 22 de mayo de 2008, el SAPI, acepta recibir
            las  solicitudes  de  registro  como  obra  de  arte  visual,  los  84  Mapas
            Mentales y la base de datos de la toponimia Pemon. Asimismo, entre
            el 23 y el 28 de mayo de 2008, previa tramitación de las solicitudes
            de búsquedas de antecedentes de elementos figurativos de la Marca
            Colectiva FIEB y de la Marca de Certificación «Auténtico Pemon»,
            acepta  la  presentación  de  las  solicitudes  de  registros  de  la  Marca
            Colectiva FIEB, en las clases: 03, 15, 18,  20,  21,  22,  24, 25, 28,
            30, 31, 33, 35, 39, 41 y 43; las  Marcas de Certificación «Auténtico
            Pemon», en las clases: 03, 15, 18, 20, 21, 22, 24, 25, 28, 30, 31 y 33;
            la Marca de Certificación en Colaboración «Auténtico Pemon», en
            las clases: 03, 15,18, 20, 21, 22, 24, 25, 28, 30, 31 y 33; y la Marca de
            Certificación Comercializador «Auténtico Pemon», en la clase 35.
   180   181   182   183   184   185   186   187   188   189   190